El síndic pide no favorecer el 'botellón' con vallas

Actualizado: domingo, 2 agosto 2015 17:46

   VALENCIA, 2 Ago. (EUROPA PRESS) -

   El síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana recomienda --en su Informe a las Corts Valencianes correspondiente a 2014-- no favorecer la realización de 'botellones' mediantes cortes de tráfico o la colocación de vallas, así como "incomodar y disuadir sin descanso" a los jóvenes que incurran en "comportamientos incívicos". "No se trata de ejercer una presión policial, sino, dentro de los límites de dicha función, denunciar una y otra vez las infracciones administrativas", argumenta el defensor del pueblo valenciano.

   En esta memoria, consultada por Europa Press, el síndic dedica un apartado a este fenómeno a raíz de varias quejas presentadas por vecinos de Valencia. Una de las sugerencias que realiza a las autoridades es "no favorecer, en su caso, mediante cortes de tráfico y vallas, dichas concentraciones, porque los derechos de los jóvenes a expresarse y reunirse encuentran sus límites en los derechos de los demás ciudadanos a la libre circulación, al descanso y a la propia vida, entendida en un sentido amplio, no sólo físico, que se ven menoscabados al no extremar la administración municipal las medidas adecuadas y suficientes para paliar, al menos en parte, los efectos negativos concretados en el presente caso".

   Como ejemplo de esta situación, alude a una queja en la que una mujer detallaba las "insoportables" molestias acústicas derivadas de la práctica del 'botellón' en el solar que linda con las calles Platero Suárez, Bilbao, Ruaya y Sagunto de la ciudad de Valencia.

   Durante la fase de investigación, el Ayuntamiento de Valencia informó de las actuaciones de la División GOE de la Policía Local en ese lugar: se evitaron concentraciones y se convenció a aproximadamente a unas 900 personas para que abandonaran el lugar; se destruyeron unos 235 envases abandonados en la vía pública; se identificó a 12 personas; se levantaron tres actas a vehículos con música elevada por infracción de la Ordenanza de Contaminación Acústica y se denunció a dos personas por consumir alcohol en la vía pública.

   El síndic, por su parte, sugiere al Ayuntamiento que siga adoptando todas las medidas legales a su alcance para eliminar o reducir al máximo las molestias generadas por la práctica del botellón en la zona, una recomendación que ha sido aceptada por el consistorio.

PLAZA DEL CEDRO

   La misma problemática se plantea en otra queja relativa a las molestias que se producen con motivo de la práctica del 'botellón' en los alrededores de la Plaza del Cedro, donde la Asociación de Vecinos de Ciudad Jardín ha solicitado al Ayuntamiento de Valencia la

   declaración de Zona Acústicamente Saturada (ZAS), sin que se haya obtenido respuesta alguna a la citada petición y a las denuncias presentadas.

   El síndic valora positivamente las medidas adoptadas por el Ayuntamiento de Valencia hasta el momento, si bien señala que, una vez adoptadas medidas preventivas sin que estas se traduzcan en la disminución de molestias a los vecinos, "habrá que adoptar medidas dirigidas a la reducción y la corrección: el que la legislación vigente señale las medidas preventivas con carácter preferente, no quiere decir que no se puedan adoptar otras destinadas a la reducción de las molestias y a la corrección de los comportamientos incívicos de las personas", advierte.

   Añade que el hecho de la declaración de ZAS, solicitada por los vecinos, no se puede interpretar como una medida coactiva o de último recurso, puesto que será el propio Ayuntamiento el que, en función de la situación de la zona concreta, adopte alguna o todas las medidas señaladas en el artículo 30 de la Ley 7/2002, de 3 de Diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica, que, además, prevé la posibilidad de adopción de otras medidas, distintas a las enumeradas, que se consideran adecuadas para reducir los niveles de contaminación acústica.

   Por estos motivos, formula al Ayuntamiento varias recomendaciones al respecto, como que estudie la posibilidad de declarar la ZAS, notificando a los interesados la adopción o no de tal medida, debiendo razonar debidamente la resolución adoptada; que siga adoptando las medidas de prevención que considere adecuadas y que la Policía Local siga ejerciendo labores de disuasión y sanción.

Leer más acerca de: