VALENCIA 9 Ago. (EUROPA PRESS) -
El síndic de Greuges en la Comunitat Valenciana, José Cholbí, ha sugerido a la Conselleria de Infraestructuras y Transporte que declare como zona no apta el área ocupada por el parque eólico de Juan Navarro, en la provincia de Valencia, por estar en un espacio natural considerado Lugar de Interés Comunitario (LIC) y al tratarse de un área de especial interés para las aves, por lo que le recomienda analizar otras zonas "más adecuadas" para albergar infraestructuras eólicas "con el menor impacto ambiental posible".
La institución hace esta sugerencia en la contestación, de fecha 28 de julio, a una queja de un vecino de Valencia, después de que se haya aprobado provisionalmente la Zona 9 del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana, sin que la Conselleria de Infraestructuras haya contestado a las alegaciones planteadas.
En concreto, las alegaciones hacían referencia a no haber expuesto la evaluación de impacto ambiental en todos los ayuntamientos afectados por el parque; a haber aprobado el plan eólico sin la previa evaluación ambiental para la Zona 9; y a que la empresa que redactó el plan "no dispone de competencia para su elaboración".
El síndic de Greuges explica que el área donde se pretende ubicar el parque de Juan Navarro --el segundo más grande de la zona 9 del Plan Eólico de la Comuniat, después del de El Tejo I-- está incluida en el LIC Sierra del Negrete que, por su parte, forma parte del área de espacial interés para las aves Hoces del Turia y los Serranos, por lo que, según Cholbí, "resultaría conveniente declarar este área como zona no apta y excluirla de la zona 9 del plan eólico".
La institución considera que la ubicación del parque eólico de Juan Navarro resulta "incompatible" con la conservación de los valores naturales que se pretenden recoger mediante la declaración del emplazamiento como LIC y la consideración de la sierra de Juan Negrete como un área de interés para la preservación de las aves.
Asimismo, destaca que, según la Directiva 94/43/CCE sobre hábitats, cuando un espacio entra a formar parte de la lista de LIC de la Comisión, "los Estados miembro tienen que tomar las medidas adecuadas para evitar en él el deterioro de los hábitats naturales y de los de las especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la selección del espacio".
En el caso concreto del parque eólico de Juan Navarro, el síndic indica que aunque esta instalación todavía debe someterse al proceso de evaluación de impacto ambiental, también "deben valorarse otras soluciones alternativas para elegir la ubicación más favorable para el medio ambiente y proteger la zona declarada LIC"
El síndic de Greuges destaca la "sincera y enérgica defensa" de la institución por la energía eólica, con el objetivo de "materializar el objetivo estatal y comunitario de alcanzar, para las energías renovables, la cuota del 12 por ciento de la demanda total de energía en el año 2010".
EFECTOS NEGATIVOS DE LA ENERGÍA EÓLICA
Sin embargo, señala que el aprovechamiento de la energía eólica requiere la construcción de parques que "generan determinados efectos de carácter negativo sobre el medio ambiente" entre los que cita el impacto sobre la vegetación, la fauna, el paisaje y el patrimonio cultural y arqueológico.
Según la institución, "la apuesta por el desarrollo de la energía eólica en la Comunitat Valenciana no debe estar reñia con la doble necesidad de mantener su ordenada implicación y garantizar la conservación de los valores naturales relevantes" y subraya "energía eólica sí, pero no en cualquier sitio, ni a cualquier precio".