El TSJCV rechaza la impugnación de Delegación del Gobierno al convenio y acuerdo laboral del Ayuntamiento

Actualizado: jueves, 11 noviembre 2010 19:16

VALENCIA, 11 Nov. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado la impugnación presentada por la Delegación del Gobierno al convenio colectivo y acuerdo laboral del Ayuntamiento de Valencia, aprobado en el pleno municipal de julio de 2008, para el cuatrienio de ese año a 2011.

El concejal delegado de Modernización de la Administración del consistorio, Vicente Igual, ha anunciado la decisión favorable del TSJCV al Ayuntamiento de Valencia y ha expresado su "satisfacción" porque considera que la sentencia "pone de manifiesto la terrible represión política que pretendía llevar adelante" el delegado del Gobierno, Ricardo Peralta, "a quien no le importó perjudicar a 5.000 familias para lograr sus fines políticos".

"El señor Peralta queda en una situación muy difícil, porque han quedado muy claro que sus motivos para impugnar el Convenio Colectivo y el Acuerdo Laboral del Ayuntamiento eran tan sólo políticos, su única pretensión era atacar al gobierno municipal del Partido Popular sin importarle la intranquilidad y desasosiego que generó a las familias de los trabajadores", ha señalado.

Asimismo, Vicente Igual ha considerado que Peralta "en su afán destructivo, trató de suspender cautelarmente el acuerdo del convenio, pero el juez le negó esta posibilidad". "Parece mentira que el señor Peralta, que fue abogado laboralista, haya sido capaz, como se ha demostrado sólo por interés político, de atacar jurídicamente algo que los tribunales han ratificado que todo lo hecho por el Ayuntamiento es legítimo y legal".

El convenio laboral del Ayuntamiento de Valencia ha tenido, según ha declarado Igual, "una tramitación exquisita con un escrupuloso cumplimiento de la Ley, frente a un ataque despiadado del delegado del Gobierno", que según ha recalcado, "impugnó prácticamente la totalidad del acuerdo laboral" del consistorio.

Igual ha señalado que la decisión es algo "inaudito" en sus 16 años como responsable de Personal. "En 16 años como concejal responsable de esta área nunca nadie había impugnado un acuerdo con los trabajadores con esta virulencia", ha dicho, y ha criticado el "sectarismo" de Peralta "cuando en su día hizo caso omiso de las manifestaciones de los trabajadores ante la sede de la Delegación de Gobierno".

En el recurso de la Administración General del Estado se había alegado, entre otras cuestiones, que el acuerdo laboral y el convenio colectivo, en los términos en los que estaba redactado, superaba el porcentaje legal máximo de incremento de las retribuciones de los empleados públicos que del dos por ciento y, adicionalmente del uno por ciento, determina, con relación a las retribuciones de 2007, el artículo 22.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2008.

La sala ha declarado la inadmisibilidad del recurso en este punto y lo ha desestimado en cuanto a la impugnación de artículos relacionados con subvenicones sanitarias; ayudas por sepelio, discapacitación o becas de orfandad y apunta que son "aportaciones económicas del Ayuntamiento que están destinadas a atender determaandas necesidades y no son una mera contraprestación económica del desempeño profesional que se devengue necesariamente y con regularidad periódica y, por ello, carece de justificación atribuir a esos desembolsos la consideración de 'retribuciones' y es más adecuado calificarlas de medidas asistenciales".