Fútbol/Liga Campeones.-(Ampl) El Tribunal Supremo confirma que TVE emitirá el Barcelona-Benfica a pesar de la huelga

Actualizado: miércoles, 5 abril 2006 17:36

MADRID, 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo rechazó hoy el recurso interpuesto por el sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) contra la retransmisión en directo del partido de fútbol de los cuartos de final de la Liga de Campeones entre el Barcelona y el Benfica, al estar incluido entre los servicios mínimos previstos TVE en la jornada de huelga, desarrollada hoy por para protestar contra el plan de saneamiento de Radiotelevisión Española.

El Gobierno decidió en el Consejo de Ministros del pasado 31 de marzo un Real Decreto en el que incluía la retransmisión del encuentro como servicio esencial, atendiendo al "interés general" del partido.

En su resolución, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo justifica su decisión argumentando que el partido tiene una especial "transcendencia social", que "reviste una significación singular" y que "suscita considerable interés en los aficionados" al fútbol. Citando a la Fiscalía, quien solicitaba la desestimación del recurso de CC.OO., el Tribunal destaca "el carácter excepcional e insustituible de ese acontecimiento".

Asimismo, prosigue el auto, la suspensión de la retransmisión provocaría "unos perjuicios singularmente gravosos" a personas y entidades "que no son parte en este proceso" judicial, puesto que en la emisión del partido "convergen derechos de diversa naturaleza, así como intereses deportivos, empresariales y económicos de considerable calado".

Comisiones Obreras solicitó ayer al Tribunal Supremo la suspensión como medida cautelar de la retransmisión, argumentando que ésta vulnera el derecho fundamental a la huelga de los trabajadores, puesto que "es la primera vez que se considera un encuentro de fútbol como servicio público esencial, cuando lo establecido es exclusivamente para proteger derechos fundamentales como el derecho a la información".

SÓLO EL PARTIDO.

Además, el Supremo critica que CC.OO. no haya explicado en su recurso "las razones por las que se pide la suspensión de esa concreta retransmisión deportiva", y sin embargo no se solicita ninguna medida cautelar sobre los demás apartados de los servicios mínimos de TVE establecidos por el Gobierno.

Asimismo, el tribunal añade que su resolución sobre la petición concreta de no retransmitir el partido "no supone ningún perjuicio" para la decisión que el Tribunal Supremo adopte posteriormente respecto al recurso general contra los contenidos mínimos contenidos en el decreto aprobado en el Consejo de Ministros.

Tanto la Fiscalía como el Abogado del Estado se manifestaron en contra de la suspensión de la emisión del partido, ya que, según ellos, la retransmisión quedaba comprendida entre los "acontecimientos deportivos de interés general" recogidos en la Ley de Emisiones y Retransmisiones de Competiciones y Acontecimientos Deportivos.