MADRID 1 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Asamblea General del Comité Olímpico Español (COE) aprobó, por 62 votos a favor y 4 en contra, la modificación de los Estatutos de dicho organismo en la que, entre otras cosas, se prevé la sustitución de un miembro que pueda ser suspendido por el propio COE o los tribunales de justicia.
Según el documento al que ha tenido acceso Europa Press, si el presidente de una Federación Olímpica "perdiera o se viera suspendido temporalmente de su condición de miembro del Comité Olímpico Español, en virtud de sanción disciplinaria impuesta por el COE o por instancia jurisdiccional competente" dicha Federación designará en el plazo de un mes a un representante permanente en los órganos de dicho organismo olímpico correspondientes.
No obstante, indica la Disposición Adicional Tercera del texto aprobado, la pertenencia al COE de dicho representante "tendrá carácter provisional" hasta que fuera aprobada por la Asamblea General en la primera reunión ordinaria que ésta lleve a cabo desde la designación.
Tras esta aprobación por la Asamblea, el representante de la Federación cuyo presidente haya sido suspendido "tendrá los mismos derechos y obligaciones" que éste hasta la finalización de la suspensión o la elección de otro presidente por parte de la Federación Deportiva correspondiente.
Asimismo, el Comité Ejecutivo podrá decidir a partir de ahora en los casos de urgencia, caso de la confección de los censos electorales o el voto en las Asambleas Generales Extraordinarias, si acepta o no el nombramiento del representante propuesto por la Federación Deportiva.
Por otro lado, también se modificará el artículo 10 de los Estatutos del COE para incluir a los entrenadores o dirigentes de Clubes Deportivos como candidatos a ocupar un puesto como miembros del Comité Olímpico Español.