JJ.OO.- La Fundación Madrid 16 comenzará su andadura mañana, cuando Gallardón firme su constitución

El regidor será el presidente y el cargo de vicepresidente lo ostentará el actual dirigente del COE, Alejandro Blanco

Europa Press Deportes
Actualizado: jueves, 7 septiembre 2006 16:24

MADRID, 7 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Fundación Madrid 16, cuyo objetivo es conseguir que la capital albergue los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de 2016, quedará constituida mañana, viernes, después de que el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, lo haga oficial con su firma ante notario, según anunció hoy el propio regidor en rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

De esta manera, la Fundación, que estará ubicada a partir de octubre en el Palacio de Telecomunicaciones, comenzará su camino para que Madrid consiga celebrar las primeras olimpiadas de su historia, ya que en la anterior designación a la que optó la ciudad el Comité Olímpico Internacional (COI) eligiese a Londres para albergar los Juegos de 2012.

Ruiz-Gallardón, explicó que una vez constituida la Fundación Madrid 16 el siguiente paso será crear la Sociedad, igual que se hizo anteriormente con Madrid 2012. Finalmente, será ésta la que designe a la persona que se hará cargo de todo el proyecto. En este sentido, el alcalde aseguró que dicha elección se llevará a cabo en el mes de octubre.

La creación de la Fundación Madrid 16 fue aprobada por unanimidad en el Pleno del Ayuntamiento el pasado 26 de julio. Sus estatutos constan de 48 artículos y resume los objetivos que perseguirá el citado organismo.

Entre ellos figura la realización y presentación, conjuntamente con el Comité Olímpico Español (COE), de la propuesta de candidatura de Madrid, la promoción y difusión de la propuesta madrileña y la gestión de todas las actuaciones y estudios necesarios vinculados a la candidatura, con la inclusión de patrocinios y colaboraciones económicas.

ACTUARA A TRAVES DE PATRONATO.

Además, canalizará aquellos proyectos que puedan encomendarle entidades públicas y privadas en relación con los Juegos Olímpicos y Paralímpicos y participará en actos públicos y premios vinculados con el desarrollo de Madrid 2016. La Fundación actuará a través del Patronato, el presidente o los vicepresidentes, mientras que su gestión será competencia del director general, del secretario y del consejo asesor.

Asimismo detalla que el Patronato estará compuesto por el Ayuntamiento de Madrid, el COE, la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid; y dichas entidades estarán representadas por el alcalde de Madrid, el presidente del COE, el presidente del Consejo Superior de Deportes y el consejero de Deportes de la Comunidad de Madrid.

También serán patronos el vicealcalde, los concejales portavoces de los grupos municipales o los ediles designados en su sustitución, el concejal de Coordinación Institucional, el presidente del Comité Paralímpico Español, el secretario general del COE, miembros españoles en el COI, los ex miembros españoles en el COI Pilar de Borbón y Manuel Estiarte, el director general de Deportes del CSD, el director general de Deportes de la Comunidad de Madrid, el consejero-delegado de la sociedad que gestionará la candidatura, el presidente de CEIM y los secretarios regionales de UGT y de CCOO.

EL ALCALDE DE MADRID, PRESIDENTE.

En otro artículo se subraya que el presidente del Patronato será el alcalde de Madrid, y que entre sus funciones estarán ostentar la representación de la Fundación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas; convocar y presidir las reuniones del Patronato; establecer el orden del día de las mismas; ordenar los debates y votaciones y levantar las sesiones; decidir los empates con su voto de calidad; velar por el cumplimiento de los acuerdos del Patronato y todas aquellas funciones que le encomiende o delegue el Patronato.

En el orden jerárquico, el vicepresidente primero será el presidente del COE; el segundo, el presidente del CSD; y el tercero, el consejero de Deportes de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se detalla que el director general será designado por el Patronato a propuesta del presidente. Su nombramiento se realizará por mayoría absoluta de los integrantes fundacionales del Patronato, pudiendo ser revocado libremente por éstos; y a efectos de incompatibilidades le será de aplicación la Ley 53/84, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Pú blicas.

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