Economía/Empresas.- Jher pagará un 10% más a los trabajadores afectados por el ERE temporal

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: miércoles, 18 julio 2007 19:37

ÍSCAR (VALLADOLID), 18 (EUROPA PRESS)

La compañía Jesús Herrero Jher, dedicada a la fabricación de puertas y ubicada en la localidad vallisoletana de Íscar, firmó hoy un acuerdo con el Comité de Empresa para iniciar el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) temporal, que afectará a 130 trabajadores por un periodo de seis meses y se comprometió, además, a incrementar en un diez por ciento las que cantidades que recibirán los afectados por la suspensión de empleo.

En un comunicado, la compañía asegura que al ser un expediente de suspensión de empleo, la relación laboral de los trabajadores y la empresa no se extingue, sino que se interrumpe durante seis meses, periodo en el que los trabajadores afectados por el ERE tienen asegurado el cobro de la prestación por desempleo por parte del INEM

A lo largo de este segundo semestre del año Jher prevé organizar tanto la puesta en marcha de nueva maquinaria, como reestructurar la producción para afrontar una situación generada "por la morosidad creciente que está experimentando el sector de la construcción".

El acuerdo pactado con el comité de empresa prevé además que Jher haga frente lo antes posible al pago de 30 días de salario de toda la plantilla con el tope del doble del salario mínimo interprofesional, medidas que siguen las normas que marca la Ley Concursal, tal y como informaron los administradores concursales al Comité de Empresa.

Por otro lado, la empresa, bajo la supervisión de los administradores concursales, pondrá en marcha, con carácter urgente, la reclamación de las cantidades que le adeudan sus clientes y que se encuentren en situación de demora.

Fue en la mañana de ayer martes cuando la empresa hizo pública la lista con los nombres de los afectados por el ERE así como la relación de los 62 trabajadores que continúan en la empresa, que por el momento no ha pagado la nómina de junio ni la paga extra a sus empleados, así como las subidas salariales recogidas en el convenio colectivo.

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