Economía/OPA.- El Supremo dice que no cabe indemnización para Endesa en la causa que paralizó la OPA de Gas Natural

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: martes, 24 julio 2007 17:37

MADRID 24 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo confirmó el archivo de la causa que paralizó la OPA de Gas Natural sobre Endesa al considerar que no cabe "justificación para una futura imposición de las costas del proceso", tal y como solicitaba Endesa, al no existir "temeridad o mala fe" en la actuación de la Administración en su adopción del acuerdo de Gobierno que autorizó la OPA ni en la conducta de las empresas demandadas, Gas Natural e Iberdrola, según detalla el auto hecho público hoy.

El pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, presidida por el ponente Ramón Trillo, desestimó, el pasado 11 de julio, con 30 votos a favor y 5 en contra, el recurso de súplica interpuesto por Endesa, la Asociaciación de Accionistas Minoritarios de Empresas Energéticas y la Federación Unión de Consumidores Europeos (Euroconsumo) contra el archivo del proceso instado por la eléctrica contra el acuerdo de Gobierno que aceptó la OPA de Gas Natural y que paralizó la operación durante más de ocho meses.

El Alto Tribunal consideró en su desestimación que "no tiene sentido" continuar con el pleito ya que la "pretensión indemnizatoria" de Endesa, en concepto de daños y perjuicios, como argumento principal para solicitar seguir con la causa, "carece de los requisitos procesales elementales para que pueda prosperar", según detalla el auto.

Por su parte, los cinco magistrados que votaron en contra consideraron que la desestimación ha dado lugar a un "juicio anticipado" que no ha resuelto el fondo de la petición realizada por Endesa basada en la ilegalidad del acuerdo del Consejo de Ministros y los perjuicios susceptibles de reparación económicos derivados de él.

El dictamen de la Sala ratifica así su fallo del pasado 24 de mayo que dio por terminada la causa por "falta de objeto" al haberse "vaciado de contenido" tras la retirada de la oferta de la compañía gasista y la posterior aceptación de la OPA de Enel y Acciona sobre Endesa.

Al conocer el dictamen, Endesa interpuso este recurso de súplica rechazado en el que solicitaba continuar con el procedimiento con el objetivo de obtener una solución en firme que pudiera servir para solicitar futuras reclamaciones de perjuicios.

El auto que ordenó el sobreseimiento calificó de "condicional" el acuerdo adoptado por el Gobierno al estar supeditado en su contenido a la finalidad del proceso de OPA y destacó que el abandono de la oferta por parte de Gas Natural significó que el acuerdo "no iba a cumplirse nunca".

En abril de 2006, el Tribunal Supremo suspendió de forma cautelar la autorización del Consejo de Ministros a la OPA presentada por Gas Natural. Esta oferta de la empresa catalana ya estaba paralizada previamente por decisión del Juzgado Mercantil número 3 de Madrid por un supuesto pacto de reparto de activos con Iberdrola denunciado por Endesa.

El Alto Tribunal levantó la suspensión el pasado mes de enero tras la petición de Endesa motivada por la aceptación, en noviembre, de la OPA presentada por E.ON. En febrero de 2006, el Consejo de Ministros autorizó la OPA de Gas Natural sobre Endesa con veinte condiciones, entre ellas la venta de una serie de activos. Endesa recurrió la decisión ante el Tribunal Supremo, quien determinó la adopción de medidas cautelares.

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