El Supremo anula la aportación de Enérgya VM (Grupo Villar Mir) al FNEE en 2015 y ordena recalcularla

Publicado: miércoles, 27 noviembre 2019 9:14

MADRID, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha dictado un auto por el que anula la cantidad a aportar en 2015 al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) por parte de la comercializadora Enérgya VM, perteneciente al Grupo Villar Mir, y ordena que se recalcule excluyendo las ventas de gas natural como materia prima.

El auto, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), implica la estimación parcial del recurso contencioso-administrativo que Villar Mir Energía y Enérgya VM presentaron contra la Orden que establecía las obligaciones de aportación al FNEE en 2015.

En dicha Orden se fijaba que Enérgya VM debía aportar al Fondo algo más de 1,49 millones de euros, mientras que asignaba a Villar Mir Energía una contribución de 455.366 euros. Ambas compañías recurrieron estas cantidades ante el Supremo, que ha procedido a anular la asignada a Enérgya VM.

La Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ordena ahora a la Administración a recalcular la aportación de Enérgya VM sin tener en cuenta las ventas de gas natural de la sociedad.

El Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) se creó en 2014 con el objetivo de financiar mecanismos de apoyo económico y financiero, asistencia técnica, formación e información u otras medidas encaminadas a aumentar la eficiencia energética en los diferentes sectores.

El FNEE está gestionado por el IDAE y financiado por las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor, y los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor.

Cerca de 300 empresas energéticas están obligadas a aportar cada año una cantidad al FNEE, que en conjunto ronda los 200 millones de euros. Para 2019, la cantidad fijada sobrepasa los 203 millones de euros.

La aportación obligatoria al Fondo se establece, conforme a la metodología diseñada por el Gobierno, en proporción al volumen de ventas de energía.

Las empresas del sector energético obligadas a realizar estas aportaciones han venido recurriendo ante el Tribunal Supremo, por separado o a través de asociaciones empresariales, las cantidades que se les ha obligado a aportar al FNEE en los últimos años.