Archivo - Fachada del Banco de España, a 1 de abril de 2025, en Madrid (España). - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
MADRID 9 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Banco de España ha lanzado a consulta pública un proyecto por el cual se modifican varias circulares que afectan a la información financiera y prudencial que las entidades deben remitir al organismo, reduciendo la carga informativa que deben reportar.
El proyecto realiza ajustes en varias de las circulares que regulan la información que, con carácter periódico, las entidades obligadas deben remitir al Banco de España, con el objetivo de asegurar que las obligaciones de remisión de información de las entidades supervisadas están adaptadas a la evolución del marco regulatorio y a la aparición de nuevas prácticas de mercado.
En total, Banco de España busca modificar 14 circulares diferentes. El regulador busca reducir la información que las entidades envían a las autoridades financieras, eliminando nuevos estados a reportar por las entidades de crédito y los establecimientos financieros de crédito.
Asimismo, también se persigue evitar duplicidades en el envío de información prudencial por las entidades de crédito; reforzar la cooperación institucional entre el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, ya que habrá información que las gestoras ya no tendrán que mandar al Banco de España, limitándose a remitirla a la CNMV.
Entre los objetivos del nuevo proyecto también está alinear la información prudencial de los establecimientos financieros de crédito con las de las entidades de crédito y, en consecuencia, con la normativa europea, aplicando criterios de proporcionalidad.
Por otro lado, también ha salido a consulta pública otro proyecto relacionado con la central de información de riesgos (CIR), incorporando las diferentes modificaciones que ha sufrido la normativa.
Entre los cambios destaca la educción del umbral de exención de declaración individualizada a la CIR de determinadas operaciones por su escasa cuantía, desde la cantidad de 3.000 euros hasta 1.000 euros. Esta medida entrará en vigor el 2 de enero de 2027.
También se precisa el ámbito de la declaración de las entidades que operan en España en régimen de libre prestación de servicios y se actualiza la información que se tiene que declarar a la CIR, así como la forma y condiciones de declarar estos datos.
Las entidades interesadas podrán remitir comentarios sobre estos dos proyectos antes del 29 de junio de 2026.