La CNMC ve mejorable la Ley de resolución de entidades de crédito

Actualizado: martes, 14 abril 2015 13:25

Apuesta por que prime la venta del negocio viable de entidades en resolución sobre las entidades puente o sociedades de gestión de activos

MADRID, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ve mejorable la Ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, sobre cuyo anteproyecto ha elaborado un informe en el que analiza las implicación de la normativa en materia de competencia.

En el documento, la CNMC explica que la regulación que se aplica al sector financiero es "muy específica" y nace como consecuencia de fallos de mercado. No obstante, advierte de que para que la regulación corrija estas deficiencias del mercado la normativa debe estar "bien diseñada" y producir el mínimo perjuicio sobre la competencia.

En este sentido, la CNMC considera que existen aspectos del anteproyecto de ley que merecen una valoración positiva, como la intención de introducir los incentivos adecuados en la gestión de entidades financieras o la intención de minimizar el impacto negativo de las intervenciones en los recursos públicos.

Sin embargo, también cree que hay una serie de cuestiones que son mejorables. Así, ve recomendable optar por la opción "más competitiva" en la fase de resolución de una entidad, de forma que prime la venta del negocio viable a entidades que pudieran ejercer una competencia efectiva en el mercado sobre la utilización de entidades puente o sociedades de gestión de activos.

En cualquier caso, precisa que en cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado, la selección de adquirentes debe realizarse conforme a procedimientos "abiertos, competitivos, transparentes, no discriminatorios y en condiciones de mercado".

NORMATIVA NACIONAL Y COMUNITARIA

Sobre la normativa nacional y comunitaria de ayudas de Estado, la CNMC cree conveniente que la asistencia se limite al mínimo necesario y el beneficiario contribuya de forma adecuada a la reestructuración. Para ello, recomienda precisar que el uso de fuentes alternativas de financiación --con impacto en las finanzas públicas-- en la fase de recapitalización interna "sea solo el último recurso".

Respecto a los distintos instrumentos en los que se puede materializar la intervención, la CNMC destaca su preferencia por instrumentos menos distorsionadores de la competencia, como pudieran ser las garantías, por su más fácil reversibilidad y su diseño más orientado al mercado, en comparación, por ejemplo, con las medidas de recapitalización o el rescate de activos deteriorados.

Asimismo, la Comisión destaca que el Fondo de Reestructuración Ordenada bancaria (FROB) pudiese tomar medidas, como compensaciones a accionistas y acreedores o concesión de préstamos a otros mecanismos de financiación, "que pueden no generar los incentivos adecuados a la entidad para una gestión prudente y que reducen la contribución que tiene que hacer la entidad y sus acreedores y accionistas, a los costes de su reestructuración".

Finalmente, respecto al Fondo de Resolución Nacional, que se crea a partir de contribuciones de las entidades, la CNMC entiende que es esencial que dichas aportaciones se ajusten al perfil de riesgo de cada entidad, de forma que se pueda capturar el fallo de mercado en forma de externalidad que supone cada institución.

"El uso de este Fondo en la fase de recapitalización interna debería considerarse como una opción residual, casi en el mismo plano que las fuentes alternativas con impacto en los recursos públicos", indica.

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