Lloyds Bank tendrá que devolver a un jubilado su inversión en preferentes

Actualizado: martes, 2 octubre 2012 13:57

MADRID, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha declarado la nulidad de la orden de compra de participaciones preferentes por un cliente jubilado de Lloyds Bank, por lo que la entidad tendrá que devolver la cantidad abonada de dicha inversión.

En concreto, Lloyds ofreció a un cliente de hace más de 20 años invertir sus ahorros en preferentes del banco islandés Glitnir Banki HF. "Consta acreditado que la parte actora no es una persona dedicada al mundo financiero o de las inversiones, siendo un cliente al que cabría calificar de ahorrador", recoge dicha sentencia.

Según la defensa del caso, articulada por el despacho P. & L. Landa & Lasa, la sentencia recoge falta de información para colocar este producto, de carácter perpetuo y "altamente subordinado". Además, Lloys sólo informó de los beneficios de la inversión en el momento de la contratación.

Por ello, la defensa consideró probado que el cliente no pudo adoptar una decisión" fundada y adecuada", a quien se le ofreció un producto "complejo, de alto riesgo e inadecuado" a su perfil. "Lloyds ofreció este producto como una operación de renta fija y no como un producto complejo de inversión", subrayó.