Economía/Finanzas.- TUE confirma la anulación de una multa a bancos alemanes por pactar comisiones en venta de billetes

Actualizado: miércoles, 27 septiembre 2006 13:07

BRUSELAS, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Primera Instancia de la UE confirmó hoy una sentencia de 2004 en la que dio la razón al recurso que presentaron cinco bancos alemanes, entre ellos el Dresdner Bank, contra la multa de más de 100 millones de euros que les impuso la Comisión Europea debido a que pactaron el importe de las comisiones y de la venta de billetes de banco.

Tal y como ocurrió hace dos años, el Tribunal reafirmó este miércoles su consideración de que el Ejecutivo comunitario no fundamentó suficientemente la imposición de la multa, de manera que no existen pruebas suficientes para imputar ninguna irregularidad a los bancos alemanes.

No obstante, recuerda que este tipo de resoluciones pueden recurrirse solamente por cuestiones de Derecho en un plazo de dos meses desde su notificación.

El Tribunal de Primera Instancia desestimó el recurso que presentó la Comisión contra la sentencia "en rebeldía" que se dictó en 2004 contra su decisión de multar a los bancos alemanes, ya que entonces el Ejecutivo comunitario no contestó a tiempo los recursos que éstos interpusieron, por lo que el Tribunal sentenció solamente en base a las demandas de las entidades alemanas.

El caso se inició en diciembre de 2001, cuando la Comisión impuso multas por más de 100 millones de euros a cinco bancos de Alemania, a los que acusaba de "haber fijado en torno al 3% el importe de las comisiones sobre la compra y la venta de billetes de banco de la zona del euro durante el periodo transitorio que precedió a la introducción del euro fiduciario".

Las entidades afectadas recurrieron esta decisión en 2002 ante el Tribunal de Primera Instancia, en un proceso en el que la Comisión no presentó escritos de contestación en el plazo concedido y que terminó en octubre de 2004 con "sentencias dictadas en rebeldía" contra el Ejecutivo comunitario que admitían los recursos de los bancos en base a "la insuficiencia de las pruebas aportadas por la Comisión, sin pronunciarse sobre los demás motivos de los recursos".

La resolución de este miércoles confirma esta sentencia, puesto que desestima el recurso que presentó contra ella la Comisión al considerar que "no ha probado de manera suficiente con arreglo a Derecho la existencia del pretendido acuerdo".