MADRID 11 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que reúne en dos fondos, uno de contingencias comunes y otro de contingencias profesionales, todos los excedentes de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, según ha explicado el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez.
Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Gómez ha destacado que con esta medida se añade "transparencia" a las mutuas, que "funcionan bien y que aportan un buen excedente al sistema de la Seguridad Social". El ministro ha añadido que, en todo caso, se seguirá negociando con los agentes sociales todo lo que tiene que ver con la "gobernanza" de estas entidades.
El Real Decreto aprobado este viernes crea incentivos a una gestión más eficiente tanto en el ámbito de las mutuas como en el de las empresas, y se permite a aquellas una gestión más flexible de las sociedades que constituyeron para gestionar servicios de prevención, que pueden refundirse o segregarse definitivamente.
Trabajo ha explicado además que las mutuas tendrán un año de tiempo para adaptar sus Estatutos para contemplar la presencia en las Juntas de representantes de las empresas con mayor número de trabajadores mutualizados, de las organizaciones empresariales representativas y de las organizaciones sindicales.
Los trabajadores podrán participar en los cambios de mutua de las empresas, conociendo la posición tanto de la empresa como de las mutuas y la Administración, aunque la decisión final residirá libremente en el empresario.
SE LIMITA EL RECURSO A MEDIOS PRIVADOS PARA ASISTENCIA SANITARIA.
Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado otro Real Decreto por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por parte de las mutuas.
El objetivo de esta norma es racionalizar el uso de los recursos públicos gestionados por estas entidades, generando así un "importante" ahorro económico tanto para la Seguridad Social como para las propias mutuas.
Así, a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, las mutuas deberán usar preferentemente, en ausencia de recursos propios adecuados, los que tengan disponibles otras mutuas. También podrán firmar convenios con los servicios de salud de las comunidades autónomas para atender demandas sanitarias de la población en general, o para prestar servicios a sus trabajadores protegidos.
El ministro de Trabajo ha recordado que el Tribunal de Cuentas ha estado insistiendo en el uso insuficiente de los recursos asistenciales de las mutuas -en especial de los hospitalarios- y en el excesivo recurso a la contratación de medios privados.
Además, la norma se ocupa de regular los precios que se aplicarán cuando las mutuas proporcionen servicios sanitarios a quienes carecen del derecho a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social o en aquellos casos en que sí tienen derecho pero existe un tercero obligado a su pago, así como en los supuestos de personas ajenas a su colectivo de trabajadores o con otras mutuas con las que no se mantienen acuerdos.
Este tipo de prestaciones, que se financian con recursos que forman parte del patrimonio de la Seguridad Social, obligan a la entidad a mantener una relación ecuánime con empresas, trabajadores y mutuas. La asistencia sanitaria y recuperadora debe entenderse entre la totalidad de la población protegida y el conjunto de los recursos asistenciales, objetivo último de este Real Decreto, según ha destacado Trabajo.