IU-ICV-CHA pide al Gobierno cambios en la normativa de los trabajos temporales de colaboración social

Actualizado: lunes, 30 abril 2012 13:33


MADRID, 30 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) ha registrado para su debate en el Pleno del Congreso una proposición no de ley en la que pide al Gobierno que modifique, en el plazo de tres meses, la normativa de los trabajos temporales de colaboración social, así como cualquier otra legislación que afecte a este colectivo.

Según la iniciativa, que recoge Europa Press, el Ejecutivo debería incluir a estas personas en el ámbito del Estatuto de los Trabajadores, equiparando así sus condiciones a la de los que "voluntariamente prestan sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario".

Además, también se debería garantizar la inclusión de los trabajadores temporales de colaboración social en el ámbito de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social "articulando los mecanismos de cotización a cargo de la Administración pública que requiera el trabajo temporal de colaboración social, de modo que se garantice el mantenimiento de los derechos a una prestación contributiva de la Seguridad Social para el trabajador en términos congruentes y adecuados a los derechos que hubiera devengado con anterioridad a su situación de desempleo".

La Izquierda Plural pide asimismo "medidas compensatorias para aquellos trabajadores que hubieran estado sometidos a esta contratación y a los que no se les hubieran reconocido los derechos consustanciales a su condición de trabajadores durante ese período, en evitación del perjuicio que acarrea sobre sus derechos sociales la situación existente y, en especial, sobre su pensión de jubilación y prestaciones análogas".

PARADOS CON TRABAJOS SOCIALES

El trabajador temporal de colaboración social es una figura que se aplica a desempleados que, teniendo derecho a la prestación por desempleo, puede ser contratado por las administraciones públicas en determinadas circunstancias sin que eso suponga perder las cantidades que vinieran percibiendo.

Así, pueden participar en funciones "que sean de utilidad social y redunden en beneficio de la comunidad" por un tiempo máximo equivalente al periodo en el que aún puede percibir la prestación o el subsidio por desempleo, sin obligar a cambiar la residencia habitual y dentro del marco de sus aptitudes físicas y profesionales.

Esta figura permite así que trabajadores que participan en la realización de obras, trabajos o servicios para la administración puedan seguir percibiendo su prestación con cargo al INEM, sin beneficiarse de "ningún otro tipo de cobertura o beneficio social".

"Siendo loable el propósito de esta modalidad de colaboración, sin embargo, como en tantas otras ocasiones, la práctica ha pervertido esta figura desvirtuando su contenido y finalidad", afirma IU-ICV-CHA, que subraya también que este colectivo ha sido "particularmente agredido y perjudicado" por la crisis económica y por las diferentes reformas del mercado laboral.

USO EXCESIVO

Y es que, según denuncia la Izquierda Plural, las administraciones "han venido empleando este método de colaboración quizá excesivamente, ampliando y extendiendo temporalmente su dedicación, así como dotando a las tareas desarrolladas de los perfiles propios de una plaza de las propias de su plantilla de trabajadores".

Así, se ha generalizado la práctica de que "trabajadores que desempeñan funciones propias de un puesto de trabajo en una administración pública se encuentran en una situación de ilegalidad, desamparados y abandonados a la incertidumbre de esa colaboración, sin conocer su extensión en el tiempo, sus condiciones futuras, etcétera". Además, no tienen "posibilidad de queja", sus retribuciones no se incrementan ni tampoco contribuyen al mantenimiento de su derecho a una pensión.

"No pretende la presente iniciativa vedar a la Administración el recurso a los trabajos de colaboración social para dar cobertura a funciones que pudieran considerarse normales y que el personal adscrito viniera desarrollando a través de una vinculación laboral.

Pero, ante el hecho manifiesto de que estos convenios de colaboración se vienen empleando de este modo, respondiendo a necesidades reales del sector público y, asimismo, constatando la injusticia flagrante de su configuración jurídica actual, la promoción de los cambios normativos oportunos para dotar del contenido adecuado a esta figura es necesaria", concluye la propuesta.