Economía/Laboral.- El PSOE dice que las empresas con beneficios deben asumir las prejubilaciones "a su exclusivo coste"

José Antonio Alonso
EP
Actualizado: miércoles, 27 abril 2011 14:57

MADRID, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

El portavoz parlamentario del PSOE, José Antonio Alonso, ha asegurado que la propuesta de su grupo parlamentario sobre los Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) busca "decir basta" a que las empresas con beneficios se acojan a esta práctica "inaceptable". "Si alguien quiere jubilar anticipadamente, que lo haga a su exclusivo coste", ha remarcado.

En rueda de prensa tras la Junta de Portavoces del Congreso, Alonso ha asegurado que los EREs "no están para empresas con beneficios", ya que su coste se carga al erario público.

La enmienda, recogida por Europa Press, plantea que aquellas empresas con más de 500 trabajadores que, pese a haber tenido beneficios en los dos últimos años, realicen EREs que afecten a trabajadores mayores de 50 años, deberán efectuar una "aportación económica" al Tesoro Público para compensar el impacto que ello supone en el sistema de protección por desempleo.

No obstante, el redactado no precisa que esta aportación se destine a pagar las prestaciones de sus trabajadores prejubilados, sino que "podrán destinarse total o parcialmente" a generar créditos para la financiación de políticas activas de empleo de los trabajadores de más edad".

Además, no precisa la escala en base a la que se fijarán estas aportaciones, que se desarrollará "reglamentariamente" tras la entrada en vigor de la norma, que previsiblemente se producirá antes del verano. Esto abre un plazo adicional para que el Gobierno concrete las condiciones con los sindicatos y las empresas.

En cualquier caso, la enmienda precisa que esta obligación sólo afectará a EREs que afecte, al menos, a 100 trabajadores en un periodo de referencia de tres años, con independencia del número de trabajadores de 50 o más años de edad afectados. Esta disposición afectaría a Telefónica, que plantea recortar el 20% de su plantilla en España precisamente en ese periodo de tiempo.

Eso, siempre que dichos trabajadores no hubieran sido objeto de recolocación en la misma empresa o grupo empresarial "o en cualquier otra empresa", en los tres meses siguientes a la fecha en que se produzca la extinción de sus contratos de trabajo.