El Gobierno aprueba que las ayudas por la DANA no computen como ingresos al solicitar otras prestaciones

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. - Gabriel Luengas - Europa Press
Publicado: jueves, 28 noviembre 2024 14:08

Se extiende el plazo de la incapacidad temporal extraordinaria para los afectados hasta el 31 de diciembre

MADRID, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves un tercer paquete de medidas para los afectados por la DANA que incluye, entre otras cuestiones, que las ayudas que se han puesto a disposición no entren en el cómputo de rentas a los efectos de reconocimiento de otras prestaciones --como el Ingreso Mínimo Vital (IMV)-- o del complemento a mínimos de las pensiones contributivas de la Seguridad Social.

Por ello, este tercer paquete para proteger y ayudar a la recuperación de las personas afectadas por la DANA, que asciende a 2.274 millones de euros, evita que las ayudas por daños de la DANA puedan suponer un impedimento para el reconocimiento otros derechos, como las pensiones no contributivas, los complementos a mínimos, las prestaciones familiares o el IMV, o prestaciones de orden asistencial.

De igual manera, el texto aprobado este jueves incluye también la extensión del plazo de la incapacidad temporal extraordinaria para los trabajadores que hayan sufrido daños físicos o psicológicos por la DANA hasta el 31 de diciembre.

Esta protección mejorada, aprobada hace unas semanas por el Gobierno, garantiza el salario del 75% desde el primer día de baja, al ser equiparada a la baja laboral derivada de accidente de trabajo. Además, en estas bajas laborales no se exige periodo mínimo de cotización. Igualmente, las pensiones de incapacidad permanente, de viudedad y orfandad causadas por la DANA se asimilan a accidentes de trabajo.

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones indican que al ampliar el plazo hasta finales de año, esperan proteger a los trabajadores que hayan acusado los efectos de la DANA sobre su salud, algo "especialmente relevante" en el caso de los daños psicológicos.

De momento, la Seguridad Social ha recibido 4.151 partes de baja correspondientes a otros tantos trabajadores por cuenta propia o ajena que han sufrido daños físicos y psicológicos a causa de la DANA.

AMPLIA EL CESE DE ACTIVIDAD MEJORADO A LOS AUTÓNOMOS EN TARIFA PLANA

De igual manera, tal y como avanzó ayer el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este tercer paquete de medidas amplia el cese de actividad mejorado a aquellos autónomos que estuvieran cotizando por la tarifa reducida de 80 euros (tarifa plana) durante los primero 12 meses de actividad. Se estima que hay unos 10.000 autónomos en esta situación en la zona afectada como potenciales beneficiarios.

La prestación, que incluye exoneración de cuotas, se les reconocerá de forma retroactiva desde el 28 de octubre, una vez que presenten la solicitud ante la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tengan cubiertas las contingencias profesionales.

3.401 SOLICITUDES DE PRESTACIONES POR CESE DE ACTIVIDAD

Por otro lado, desde la Seguridad Social han informado de que se han presentado ya 3.401 solicitudes de prestaciones de cese de actividad de autónomos mejorada por la DANA, que conlleva la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social.

La prestación por cese de actividad para los autónomos cuyos negocios se han visto afectados directamente por la DANA ofrece una protección mejorada a estos trabajadores por cuenta propia, con el objetivo de facilitar una reincorporación gradual a la actividad cuando sea posible.

Así, los autónomos afectados pueden acceder a esta prestación, del 70% de su base de cotización, incluso si no cumplen con el periodo mínimo de cotización (habitualmente 12 meses). Además, ese tiempo les va a contar como cotizado a efectos de pensión, pero no de cara a futuros cese de actividad, por ejemplo (lo que se conoce como "contador a cero").

El Gobierno aprobó de igual manera una modalidad parcial para los trabajadores autónomos que no han tenido que cerrar su negocio pero sí han visto muy afectada su actividad. Estos trabajadores podrán compatibilizar esta prestación, equivalente al 50% de su base de cotización, con su actividad laboral.

Gracias al escudo social aprobado, las empresas afectadas directa o indirectamente por la DANA pueden acogerse al ERTE por Fuerza Mayor ampliado, estén o no situadas en los municipios afectados. En esta situación están en este momento 2.539 empresas con 27.765 trabajadores en ERTE.

IMV, AYUDAS A LA INFANCIA Y PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS

Por otro lado, en la nómina de noviembre, los beneficiarios del IMV y de pensiones no contributivas de los municipios gravemente afectados por la DANA ya han visto incrementada un 15% su prestación, mientras que el complemento de ayuda a la infancia ha subido un 30% en los hogares de la zona afectada que lo perciben, unos 10.350.

El aumento de las prestaciones se ha llevado a cabo de oficio, sin que los beneficiarios tuvieran que hacer ningún trámite. Esta medida se va a mantener, al menos, tres meses.

Además, se va a facilitar la solicitud del IMV por pobreza sobrevenida. En este sentido, se va a poder solicitar desde el 1 de enero y se tendrán en cuenta los ingresos de los tres meses anteriores.

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