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Archivo - El secretario general de UGT, Pepe Álvarez - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo
MADRID 13 May. (EUROPA PRESS) -
El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, y su vicesecretario de Política Sindical, Fernando Luján, han celebrado este miércoles que en la sentencia sobre abuso temporalidad en las administraciones públicas conocida ayer, el Tribunal Supremo "se rectifique y se enmiende a sí mismo" al apoyar ahora la concesión de indemnizaciones compensatorias, adicionales a las extintivas, frente al criterio contrario que había mantenido hasta ahora el Alto Tribunal.
En concreto, en el fallo, el Supremo señala que cuando se extinga una relación laboral abusiva, el trabajador tiene derecho a dos indemnizaciones distintas e independientes, compatibles entre sí: la extintiva (en una cuantía "no exigua" en el caso de relaciones laborales anormalmente largas) y la compensatoria por el abuso de temporalidad, que ha de tener en cuenta daños morales y materiales (ventajas económicas que el interesado habría podido reclamar de no haber existido el abuso).
En el caso de los daños morales y de cara a los futuros pleitos que surjan al respecto, el Alto Tribunal fija una indemnización mínima, siguiendo los criterios de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) para la vulneración de los contratos temporales, que establece multas, en su grado mínimo, de 1.000 a 2.000 euros; en su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros y, en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros. La condena al pago de una indemnización superior a esta indemnización presuntiva mínima exigirá que el trabajador acredite concretamente el perjuicio sufrido, por lo que le incumbe la carga de la prueba.
Tanto Luján como Álvarez consideran que esta fundamentación jurídica del Supremo "repite" lo que tanto UGT como CCOO habían denunciado ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), que les dio la razón, de que las indemnizaciones tasadas no reparan suficientemente el daño causado al trabajador despedido, resultando necesario establecer una indemnización mínima, disuasoria y reparatoria, que tenga en cuenta las circunstancias personales de cada caso, y adicional a la extintiva de 20 ó 33 días por año trabajado.
Pero estos argumentos habían sido rechazados por el Supremo en varias sentencias en las que establecía que la indemnización por despido improcedente prevista en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) no puede verse incrementada en "vía judicial con otras cuantías que atiendan a las circunstancias concretas de cada caso".
Además, el Supremo ha venido defendiendo que la indemnización tasada de la legislación española (20 ó 33 días por año) "es una indemnización adecuada". "Esta fórmula legal ha venido ofreciendo seguridad jurídica y uniformidad para todos los trabajadores que, ante la pérdida del mismo empleo, son reparados en iguales términos", exponían desde el Supremo.
El Alto Tribunal alegaba además que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales "no son ejecutivas, ni directamente aplicables entre particulares", ya que, a diferencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el CEDS "no es un órgano jurisdiccional ni sus resoluciones son sentencias".
"Tal como dispone la propia normativa del Consejo de Europa, las decisiones del CEDS ni siquiera vinculan al Comité de Ministros del propio Consejo de Europa, ni tampoco a los tribunales internos de cada estado, reiterando en este punto las conclusiones a las que ya han llegado el Tribunal Supremo francés y el Tribunal Constitucional italiano", exponen desde el Supremo.
ÁLVAREZ, CONVENCIDO DE QUE LA REFORMA DEL DESPIDO "SE ABRIRÁ CAMINO"
Ahora, el fallo sobre el abuso de temporalidad que dictó ayer el Alto Tribunal abre una nueva perspectiva y la posibilidad de que la demanda unitaria de UGT y CCOO para reformar la indemnización por despido en España acabe viendo la luz, una reclamación que se apoya desde el Gobierno de coalición pero a la que se opone la CEOE.
"Vemos al Supremo enmendándose y tengo la certeza de que este tema se abrirá camino. Sería bueno que si es posible, se pudiera hablar en términos de cambio legislativo de este tema. Lo razonable es que después de dos resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales se abra una mesa de diálogo para adaptar la legislación esañola a ese imperativo jurídico del Comité", ha defendido este miércoles Pepe Álvarez durante una rueda de prensa sobre el problema de la vivienda en España.