El Congreso convalida mañana el decreto que flexibiliza las condiciones de preconcurso para salvar empresas

El ministro de Economía, Luis de Guindos, en el Congreso
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 19 marzo 2014 16:57


MADRID, 19 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Congreso convalidará este jueves el decreto ley de Medidas Urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, con el que el Gobierno flexibiliza las condiciones de los preconcursos de acreedores con el objetivo de conseguir salvar más empresas solventes de la quiebra por problemas puntuales de liquidez.

El texto, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 7 de marzo y que defenderá el ministro de Economía, Luis de Guindos, pasa por modificar la Ley Concursal para que suponga trabas en los procesos de refinanciación de aquellas empresas que, si bien están endeudadas, son viables, evitando así la destrucción de empleo y productividad.

Para ello, se incluyen en la normativa medidas que faciliten la celebración de acuerdos de refinanciación, potencien las quitas y los aplazamientos de pago y la conversión de deuda en capital.

ACELERAR LA RECUPERACIÓN Y EL CRÉDITO.

El decreto insiste en la fase preconcursal para facilitar el acuerdo entre deudores y acreedores y evitar así la liquidación de empresas. Además, se elimina la obligación de contar con el informe de un experto independiente, puesto que esto suponía en ocasiones un coste y dilación adicional al proceso.

En el caso de acuerdos colectivos de refinanciación homologados judicialmente, la mayoría exigida del acuerdo pasa del 55% al 51% (mayoría simple). En los préstamos sindicados, se entiende que los acreedores prestamistas suscriben el acuerdo de refinanciación cuando voten a favor el 75% del pasivo representado por el préstamo, salvo que las normas que regulan la sindicación establezcan una mayoría inferior.

Si el 60% de los acreedores de pasivos financieros han acordado esperas (aplazamientos) hasta cinco años y la conversión de créditos en préstamos participativos por el mismo plazo, estas medidas se extenderán a los acreedores disidentes sin garantía real. Si el acuerdo ha sido suscrito por el 75% de los acreedores de pasivos financieros, se extenderán a los acreedores disidentes: las esperas entre 5 y 10 años.

A raíz de los cambios en la Ley Concursal, se encomienda al Banco de España a que establezca reglas homogéneas para mejorar la calificación de la deuda subsistente tras un acuerdo de refinanciación, criterios que ya se han publicado esta misma semana.

El anteproyecto además modifica el Real Decreto de régimen de Ofertas Públicas de Adquisición (OPA), para exceptuar la OPA y la necesidad de solicitar dispensa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en procesos de capitalización derivados de las nuevas normas. Esto es, si un acreedor sobrepasa el 30% del capital tras convertir deuda en acciones no tendrá la obligación de comprar la empresa. Ahora bien, si este mismo acreedor adquiere luego paquetes adicionales si tendría que lanzar una OPA.

MÁS INGRESOS PÚBLICOS

Con estos cambios, el Gobierno confía en mejorar los ingresos públicos a través del mantenimiento de un mayor número de compañías solventes, además de lograr un ahorro gracias al "alivio" que experimentará la carga del sistema judicial al evitarse procedimientos concursales.

Así se recoge en la memoria de impacto que acompaña al decreto ley, a la que ha tenido acceso Europa Press y en la que el Ejecutivo señala que esta norma permitirá "aumentar el número de empresas verdaderamente viables que logren retomar la senda de la estabilidad mediante la reestructuración de su deuda" así como "preservar su valor en el mercado y, de esta manera, proteger puestos de trabajo".

Aunque el documento no incluye una cuantificación del número de empresas que podrían verse beneficiadas por esta "flexibilización" de los procesos concursales, sí se recuerda que el número de concursos registrados en España ha aumentado "exponencialmente" en los últimos años, pasando de 819 concursos en 2003 a los 9.310 que hubo el ejercicio pasado.

Pese a ello, las suspensiones de pagos siguen siendo muy inferiores con respecto a las que se dan en otros países --en 2012 hubo 11.024 en Italia, 28.297 en Alemania y 46.327 en Francia, frente a 7.540 en España--, fundamentalmente porque más del 90% de los procedimientos concursales concluyen con la liquidación, lo que "conduce a muchas empresas a recurrir a procedimientos de liquidación informales o a posponer la declaración hasta el momento en que su situación patrimonial no resulta ya viable".

INCENTIVAR ACUERDOS NO JUDICIALES

Así, sin causar distorsiones de la competencia ni aumentar o disminuir las cargas administrativas, se persigue lograr una "reasignación más eficiente de los recursos mediante el fomento de la rápida liquidación de las empresas inviables" y de los acuerdos de reestructuración extrajudiciales, lo que a su vez aliviará la carga que soportan los tribunales mercantiles y reduce los costes.

Con todo ello, se espera un impacto presupuestario "positivo" ya que al conseguirse mantener más actividad económica y mayor número de empleos se incrementará la base sujeta a tributación, produciéndose así un "repunte en el volumen de ingresos públicos". Según indicó el Ministerio de Economía tras aprobar el decreto ley, se espera que la deuda empresarial se reduzca un 10% respecto del 130% del PIB en el que está situada actualmente.

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