Economía/Macro.- El Gobierno aprueba aplicar la Ley de Estabilidad Presupuestaria a la Entidades Locales

Actualizado: viernes, 2 noviembre 2007 16:01

Establecerá objetivos presupuestarios para cada una y mecanismos de control para garantizar el cumplimiento de los mismos

MADRID, 2 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy el Reglamento de aplicación de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria a las Entidades Locales, para mejorar la transparencia, el control y la estabilidad financiera de los Ayuntamientos y Diputaciones, y clarificar el ejercicio de la tutela financiera de los mismos en esta materia.

La responsabilidad de la aplicación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda en las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid y Murcia; mientras que es compartida con las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Cataluña, La Rioja, Galicia, Navarra, País Vasco y Comunidad Valenciana.

Entre las novedades del Reglamento, que entrará en vigor en 2008, destaca el establecimiento de un objetivo individual de estabilidad para cada Ayuntamiento y Diputación, y la creación de un mecanismo de supervisión y alerta sobre los incumplimientos del objetivo de estabilidad presupuestaria por parte de las Entidades Locales.

Además, para los Ayuntamientos de mayor tamaño (más de 75.000 habitantes o capitales de provincia o de Comunidad Autónoma), el Reglamento establece criterios más estrictos en la autorización de operaciones de endeudamiento y la aprobación de los planes de reequilibrio, que deberán ser autorizados también por el Ministerio de Economía y Hacienda o la Comunidad Autónoma que corresponda.

MÁS TRANSPARENCIA PRESUPUESTARIA.

El nuevo reglamento incrementa también las exigencias de transparencia presupuestaria, por lo que, anualmente, el Ministerio de Economía y Hacienda facilitará información acerca de los planes económico-financieros aprobados y del volumen de la deuda viva de cada Entidad Local.

Ofrecerá además información de aquellas entidades que incumplan la obligación de remitir los datos de sus presupuestos y de las liquidaciones de los mismos, de sus entes dependientes o vinculados, y de las variaciones que se produzcan en cuanto a sus operaciones de endeudamiento.

Finalmente, el Reglamento establece que a los planes de reequilibrio de las Entidades Locales se les dará la misma publicidad que a los presupuestos y se otorgará rango legal a las bases de datos que mantiene el Ministerio de Economía y Hacienda, referidas tanto a los presupuestos y liquidaciones de los mismos, como a los entes que componen el sector público local.

De esta manera, se garantiza para el futuro la accesibilidad a la información y se prevé el intercambio de la misma con las Comunidades Autónomas mediante los correspondientes convenios.