El Gobierno autoriza a la Comunidad de Madrid a emitir deuda por hasta 1.617 millones

La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero (i), y la vicepresidenta para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera (d), en la comparecencia tras el Consejo de Ministros celebrado tras el final del estado de alarma
La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero (i), y la vicepresidenta para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera (d), en la comparecencia tras el Consejo de Ministros celebrado tras el final del estado de alarma - EUROPA PRESS/E. Parra. POOL - Europa Press
Publicado: martes, 23 junio 2020 20:26

Autoriza también a Cataluña a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por importe máximo de 1,78 millones de euros

MADRID, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a largo y corto plazo por un importe máximo de 1.617 millones de euros.

En concreto, el Gobierno ha autorizado a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por importe de 297 millones de euros, cantidad que va destinada a cubrir desviaciones del objetivo de déficit del ejercicio 2019 pendientes de financiar.

Asimismo, la Comunidad de Madrid ha solicitado autorización para renovar operaciones de financiación a corto plazo de la Administración General, con el objetivo de cubrir sus desfases transitorios de tesorería, por importe de 1.300 millones de euros y para formalizar operaciones de deuda a corto plazo destinadas a atender las necesidades de financiación a corto plazo de la empresa pública Radio Televisión Madrid por 20 millones de euros. Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

Asimismo, el Consejo de Ministros ha acordado autorizar a Cataluña a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 1.780.562.300 euros.

Esta Comunidad Autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo por la Administración de la Generalitat y por las entidades dependientes del sector público de la región, con vencimiento en el periodo de junio a julio del año 2020.

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

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