RSC.- El Gobierno aprueba el certificado de eficiencia energética para edificios de nueva construcción

Actualizado: viernes, 19 enero 2007 19:20


MADRID, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto que establece que a partir de este año los edificios de nueva construcción y los que se rehabiliten o proyecten deberán obligatoriamente disponer de la certificación de eficiencia energética.

La aprobación de este Real Decreto, que no afectará, por el momento, a los edificios existentes, es una de las medidas de desarrollo del plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética impulsado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el sector edificación en España, a través del Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE), y es una transposición parcial de una Directiva comunitaria de 2002 sobre 'Eficiencia energética de los edificios'.

Además, este Real Decreto completa el nuevo marco normativo sobre eficiencia energética de la edificación, iniciado hace unos meses con la aprobación del Código Técnico de la Edificación.

De esta manera, cuando los edificios sean proyectados, construidos, vendidos o alquilados, se deberá poner a disposición del comprador o inquilino, según corresponda, un certificado de eficiencia energética que le permita comparar y evaluar la eficiencia energética del edificio.

ETIQUETA ENERGÉTICA

Este certificado de eficiencia energética irá acompañado de una etiqueta energética, similar a las ya utilizadas en otros productos de consumo doméstico, como electrodomésticos, lámparas y vehículos. Esta etiqueta estará incluida en toda la publicidad utilizada en la venta o arrendamiento del edificio.

Así, a cada edificio le será asignada una clase energética de acuerdo con una escala de siete letras y siete colores, que van desde el edificio más eficiente (clase A) al edificio menos eficiente (clase G). La valoración se hará en función del CO2 emitido por el consumo de energía de las instalaciones de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria e iluminación del edificio en unas condiciones de uso determinadas.

Mediante esta información objetiva sobre las características energéticas del edificio, se favorecerá una mayor transparencia del mercado inmobiliario y se fomentarán las inversiones en ahorro de energía, potenciando, así, la demanda de la calidad energética entre los compradores de viviendas.