El Banco de España abre un expediente por la filtración de un correo a Linde

Advierte de que el quebrantamiento de las obligaciones de reserva puede dar lugar también a eventuales responsabilidades penales

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: martes, 28 mayo 2013 15:59

MADRID, 28 May. (EUROPA PRESS) -

El Banco de España ha abierto un expediente informativo con el fin de aclarar los hechos que llevaron a la reproducción en prensa de la práctica totalidad de un correo electrónico remitido al gobernador de la institución, Luis María Linde, sobre varias visitas de inspección realizadas a tres entidades, según revela en una nota de comunicación interna distribuida a su plantilla.

La nota, a la que ha tenido acceso Europa Press, recuerda a los empleados del Banco de España la confidencialidad y el deber de secreto por las informaciones de las que tienen conocimiento en el ejercicio de sus funciones.

La apertura del expediente se basa en lo establecido en el artículo 174 del reglamento de trabajo de los empleados del supervisor. El Banco de España considera de una "extraordinaria importancia" el adecuado cumplimiento del deber de secreto por parte de su personal. "El quebrantamiento de este secreto puede ocasionar perjuicios a terceros, dificultar el correcto desarrollo de sus funciones y afectar de forma notable al prestigio de la institución", recoge la nota.

El correo sujeto de investigación fue publicado el pasado 26 de mayo y procedía del director general de supervisión del Banco de España, con Linde y el subgobernador, Fernando Restoy, como destinatarios.

Ante estos hechos, el Banco de España ha solicitado a sus empleados apoyo para evitar que se vuelvan a repetir filtraciones como esta y advierte de que utilizará "todos los medios legales" a su alcance para prevenir y sancionar este tipo de conductas.

En este sentido, recuerda que la Ley de Autonomía, en su artículo 6, establece el deber de secreto de los miembros de los órganos rectores y de los empleados del Banco de España. En dicho artículo está previsto el tipo de sanciones que se aplicarán, siendo, en el caso de los empleados de la entidad las establecidas en el reglamento de trabajo, que considera este tipo de infracciones como "faltas muy graves", pudiendo ser este incumplimiento del deber de secreto objeto de despido.

De igual forma, el artículo 7 del código de conducta para el personal del Banco de España establece la obligación de guardar secreto sobre cuantas informaciones de naturaleza confidencial tuvieran conocimiento en el ejercicio de sus funciones.

LA CONFIDENCIALIDAD, OBLIGACIÓN BÁSICA EN LA SUPERVISIÓN.

El organismo liderado por Linde subraya que en el caso del ejercicio de las funciones de supervisión, el deber de confidencialidad sobre la información obtenida es una obligación básica, cuyo cumplimiento es exigible tanto a las autoridades con competencias supervisoras como a las personas que trabajan en ellas.

En consecuencia, el Banco de España recuerda que, sin perjuicio de sus repercusiones en el ámbito laboral interno, el quebrantamiento de estas obligaciones de reserva puede dar lugar también a eventuales responsabilidades penales, en especial a la luz de lo dispuesto en el artículo 417 del código penal.

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