La Fiscalía de Baleares no prevé llamar a declarar a ningún controlador

Actualizado: viernes, 10 diciembre 2010 19:20


PALMA DE MALLORCA, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía provincial de Baleares no prevé llamar a declarar a ninguno de los 71 controladores que según Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) abandonaron su puesto de trabajo el pasado viernes, incurriendo en un presunto delito de sedición, previsto y penado en el artículo 20 de la Ley Penal y Procesal de Navegación Aérea de 1964.

El pasado 4 de noviembre la Fiscalía de Baleares incoó diligencias de investigación penal encaminadas a averiguar si las bajas masivas registradas el viernes y sábado en los aeropuertos de las islas son constitutivas de un delito de sedición.

El Fiscal General del Estado, Cándido Conde Pumpido, advirtió ayer que si se demuestra la comisión del delito, el Ministerio Público podría pedir penas de hasta ocho años de cárcel para los controladores.

Pumpido hizo estas declaraciones en Zaragoza, donde presidió la Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, a la que asistió el fiscal jefe de Baleares, Bartomeu Barceló, quien este jueves recordó que tras la incoación de diligencias penales en las islas se ofició a la Guardia Civil para que investigue los hechos e instruya el correspondiente atestado.

Por ello, dado que es el Instituto Armado es el encargado de investigar los hechos y recibir las primeras declaraciones, la Fiscalía de Baleares no intercederá hasta que no finalice el atestado, han informado a Europa Press fuentes del Ministerio Público.

Por otra parte, en una nota de prensa, la Fiscalía destaca el "esfuerzo" que está haciendo la Guardia Civil para el esclarecimiento de los hechos, que califica de "muy complejos", y señala que el pasado miércoles recibió la primera parte de las diligencias de parte de la Guardia Civil. "Una vez que se haya remitido el atestado completo y se haya estudiado se acordará lo procedente", manifiesta la Fiscalía.

Asimismo, Barceló recuerda que según lo dispuesto en el artículo 773-2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, si una vez practicadas las diligencias acordadas se incoa un procedimiento judicial, la fiscalía remitirá las actuaciones al juzgado y cesará en sus diligencias.