Ametic insta al Gobierno a ser coherente con la sentencia que anula la orden ministerial sobre el canon

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Actualizado: jueves, 24 marzo 2011 15:11


MADRID, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

Ametic ha valorado el fallo de la Audiencia Nacional, anulando la Orden del Ministerio de Presidencia, que regula el canon digital por copia privada, y ha instado al Gobierno a que sea coherente y "fiel cumplidor" de las sentencia y modifique la ley vigente, afirmó el presidente de la patronal, Jesús Banegas, en declaraciones a Europa Press.

Según Banegas, el problema radica en que la ley establece que el canon pretende reponer el daño causado, sin embargo, la sentencia pone en cuestión su aplicación.

"La orden que establecía a qué equipos y a qué precios se aplicaba el canon ha quedado fuera de vigor y las razones que esgrime la sentencia son muy serias", manifestó Banegas, quién recordó que el canon se aplicó "deprisa y corriendo, de manera indiscriminada y sin ninguna seguridad jurídica".

El presidente de Ametic indicó en este sentido que es natural que se "ponga en cuestión" el canon, como ha sucedido con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea o de la Audiencia Nacional, ya que es fruto de un acuerdo político realizado "con prisas y sin rigor".

"Lo lógico es que el Gobierno cambie la legislación para que la sentencia se cumpla, cosa que no ha hecho todavía", añadió.

Por su parte, el director general de Ametic, José Pérez, explicó a Europa Press que esta decisión afecta no a la ley, sino a la orden ministerial, que establece los equipos afectados por el canon, así como las cantidades a pagar, y que, por lo tanto, el canon sigue "lamentablemente" vigente.

"La cuestión es que al anularse esta orden nos deja con una incertidumbre hasta que surja una nueva orden o una nueva legislación", explicó Pérez, quién puntualizó sin embargo que se trata de una decisión "importante".

La sala de lo Contencioso Administrativo entiende que se trata de un reglamento dictado en ejecución de la Ley de Propiedad Intelectual y que, por tanto, para su aprobación hacían falta determinados trámites relativos a las memorias justificativa y económicas, además del dictamen del Consejo de Estado, que no se hicieron. Se considera, además, que la mencionada orden está afectada de "vicio radical" lo que determina su nulidad de "pleno derecho".