Economía.- (Amp.) La Audiencia niega las cautelarísimas pedidas por Enel y Acciona contra el aplazamiento de su OPA

Actualizado: lunes, 2 abril 2007 19:11

Destaca que la oferta de E.ON es la única válida y eficaz legalmente


MADRID, 2 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional rechazó hoy las medidas cautelarísimas solicitadas por Enel y Acciona contra la decisión de la Comisión Nacional Mercado de Valores (CNMV) de no autorizar hasta dentro de seis meses la oferta pública de adquisición de acciones (OPA) que estas empresas pretenden formular sobre Endesa, aunque este tribunal continuará el estudio de los recursos.

La decisión de la Audiencia Nacional, que se desglosa en dos autos que dan contestación a sendos recursos presentados por el grupo italiano y por la constructora que preside José Manuel Entrecanales, se justifica en que "del propio relato de los hechos se desprende que no concurre una urgencia de especial intensidad que justifique la adopción de una medida cautelar con la suspensión de forma inmediata".

En concreto, en el auto referido al recurso presentado por Acciona, la Audiencia resalta que la constructora no ha sido todavía autorizada para lanzar una OPA sobre Endesa y esta posible aprobación por parte del regulador no deja "de ser hoy algo futuro e incierto".

Además, reitera "en aras de la máxima garantía de la transparencia del mercado de valores y de la tutela de los derechos de los accionistas, tanto minoritarios como mayoritarios, de Endesa que en el momento actual la única oferta válida y eficaz legalmente es la de E.ON, al ser el único oferente autorizado".

Por su parte, el auto que da contestación al recurso presentado por Enel el pasado viernes indica que la oferta anunciada por Enel y Acciona está sujeta a un "complejo procedimiento autorizatorio y aún aprobada debería considerarse si el alcance de la prohibición combativa se extiende a la formulación de OPAs competidoras, pues la prohibición de la CNMV no se refiere de forma expresa a esta forma de intervención".

En este sentido, la Audiencia entiende que la decisión adoptada por el organismo regulador "constituye un principio incontestable del derecho sancionador que las disposiciones sancionadoras y limitativas de derechos deben interpretarse de forma restrictiva".

Por ello, considera que "razonable" concluir que la tramitación y resolución de pieza de medida cautelares "puede resolverse sin merma de los derechos de la recurrente hasta ese momento", por lo que debe aboga por "desestimar la petición formulada sin necesidad de entrar en el concreto examen de las restantes alegaciones formuladas cuya valoración queda imprejuzgada".

DIEZ DIAS PARA PRESENTAR ALEGACIONES.

De esta manera, la Audiencia continuará el trámite del incidente cautelar, con la formación de pieza separada y trasladar al Abogado del Estados y a las demás partes el expediente para que presenten sus correspondientes en el plazo de diez días. Contra esta decisión de este tribunal no cabe recurso alguno por parte de las compañías implicadas.

Enel y Acciona presentaron sendos recursos ante la Audiencia Nacional contra la decisión del regulador, donde argumentan que la actual Ley de OPAs obliga a un accionista a formalizar una oferta cuando en solitario, o de forma concertada, supera el 25% del capital social de una empresa. Además, aseguran que como se han concertado con un acuerdo para la gestión futura de Endesa y suman el 46% del capital de Endesa, tienen por tanto la obligación legal de formular su OPA.