Economía/Empresas.- Facua denuncia que Industria exime a compañías telefónicas de detallar las llamadas en las facturas

Actualizado: miércoles, 19 abril 2006 20:04

MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Consumidores en Acción (Facua) denunció hoy que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio exime a las compañías telefónicas, salvo a Telefónica de España (operador que presta el servicio universal) a detallar las llamadas en las facturas, en virtud de una orden ministerial que entró en vigor el pasado 1 de abril.

En un comunicado, este colectivo advierte de que esta orden "parece redactada al dictado de las compañías de telecomunicaciones" y que "provocará uno de los mayores recortes en los derechos de los usuarios en los últimos veinte años".

Facua considera "inaceptable" que Industria "ponga a los usuarios aún más difícil o casi imposible detectar y reclamar el cobro de llamadas no realizadas e incluidas en la facturación errónea o irregularmente".

Así, apunta que sólo Telefónica tendrá que remitir de forma gratuita una factura con un "nivel básico de detalle", que excluye no sólo las llamadas metropolitanas, "como lamentablemente venía ocurriendo hasta la fecha", sino todas las conversaciones "de tarifa normal inferior a 20 céntimos de euro por comunicación".

Según un análisis realizado por Facua sobre la base de las tarifas de Telefónica vigentes en la actualidad, esto permitirá eliminar de las facturas el detalle de las llamadas provinciales que no superen los 3 minutos y 2 segundos, las interprovinciales que no sobrepasen 1 minuto y 48 segundos y las llamadas a móviles que no excedan del medio minuto (concretamente, las dirigidas a Movistar que no no superen los 30 segundos, las llamadas a Vodafone que no superen los 27 segundos y las destinadas a Amena que no superen los 28 segundos).

Por su parte, el resto de compañías no tendrá obligación de desglosar "ni una llamada", salvo que el usuario decida pagar por ello o que presente una reclamación ante las sospechas de que se haya producido un cobro irregular.

Por otra parte, Facua critica que la citada orden ministerial además autoriza la facturación por minutos y el redondeo al alza, "contradiciendo la promesa del Ministerio de Sanidad y Consumo de acabar con los redondeos a través de la futura Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios".

ORDEN MINISTERIAL.

Facua se refiere a la Orden ITC/912/2006 de 29 de marzo, que entró en vigor el pasado 1 de abril. Según el texto de la orden, que recoge Europa Press, las facturas deberán incluir el detalle de todas las comunicaciones, excluidas las comunicaciones encuadradas en grupos tarifarios de bajo precio, tales como, las metropolitanas, las de tarifa en horario normal inferior al equivalente de 3 céntimos de euro por minuto o a las de tarifa en horario normal inferior a 20 céntimos de euro por comunicación.

Este detalle debe incluir: el número llamado, la fecha y hora de la llamada, la duración de la llamada, la tarifa aplicada y el coste total de la llamada. Las llamadas que tengan carácter gratuito para el abonado que efectúa la llamada no figurarán en la factura detallada de dicho abonado.

El nivel básico de detalle de las facturas del servicio telefónico disponible al público deberá ser ofrecido de forma gratuita por el operador que lo preste como obligación de servicio universal. En los demás casos, cuando los operadores no ofrezcan con carácter gratuito dicho nivel básico de detalle, deberán especificar su precio dentro de las condiciones de prestación del servicio.