Economía/Empresas.- Un juez luso rechaza el recurso de Gamesa e Iberdrola contra la no paralización del concurso eólico

Actualizado: jueves, 28 septiembre 2006 15:52


LISBOA, 28 Sep. (de la corresponsal de EUROPA PRESS, Patricia Ferro) -

El Tribunal Administrativo y Fiscal de Lisboa rechazó el recurso interpuesto por el consocio Nuevas Energía Ibéricas (NEI), que lidera la eléctrica española junto con Gamesa, a la invocación de interés público realizada por el Gobierno para poder seguir adelante con el concurso eólico. Sin embargo todavía no se ha pronunciado sobre las medidas cautelares solicitadas contra la decisión de excluirlos del concurso de energía eólica, según confirmaron hoy a Europa Press, fuentes cercanas al proceso.

Después de conocerse el resultado de la primera fase del concurso de atribución de hasta 1.000 megavatios (MW) de potencia eólica, del que quedaba excluido el consorcio liderado por Iberdrola y Gamesa, éstos decidieron recurrir la decisión por vía judicial y administrativa. El tribunal admitió a trámite las medidas cautelares y la siguiente fase del concurso quedó suspendida. Ante esta situación, el Gobierno invocó interés público, ya que así anulaba el efecto suspensivo de las medidas cautelares.

El consorcio también recurrió esa decisión y ahora el tribunal ha rechazado ese recurso, pero todavía no se ha pronunciado sobre el de la exclusión del concurso.

"El tribunal rechazó el recurso interpuesto por el consorcio NEI a la invocación del interés público realizada por el Gobierno", pero, "hasta el día de hoy no hay ninguna decisión del tribunal sobre las disposiciones cautelares del recurso interpuesto por el consorcio NEI para impugnar la decisión del jurado del concurso eólico", explicaron las fuentes consultadas por Europa Press.

Ante la confusión suscitada por la decisión del tribunal de rechazar el segundo recurso y no pronunciarse aun sobre el primero, el consorcio NEI emitió un comunicado en el que asegura que por respeto a los tribunales no realizan comentarios sobre iniciativas judiciales en curso. "Apenas podemos reafirmar que se mantienen procesalmente válidas y aguardamos la decisión sobre las disposiciones cautelares interpuestas por este consorcio a finales de agosto", ya que "todavía no han sido objeto de decisión por el Tribunal", afirman.

El consorcio Novas Energías Ibéricas considera que existieron errores que causaron su exclusión del concurso, por lo que el pasado 25 de agosto decidió recurrir a la vía administrativa y judicial para impugnar la decisión.

INTERPRETACIÓN ERRÓNEA

En opinión de NEI su propuesta fue interpretada erróneamente en diversos puntos, que fueron la causa de su exclusión del concurso por parte del jurado.

El primero es el que se refiere al criterio "descuento a la remuneración de la energía entregada a la red por parques eólicos", donde obtuvo una puntuación de cero puntos, mientras que sus dos competidores obtuvieron 100. En este particular, NEI recuerda que, al igual que los otros participantes, ofrecía un descuento del 5% en la venta de energía a la red, y que ese hecho no fue tenido en cuenta por el jurado.

El segundo se refiere a la utilización de diferentes argumentos para evaluar "las soluciones de almacenamiento" de energía. En este punto, NEI fue puntuada con un 1,6%, y el consorcio incluso acepta esta clasificación, pero defiende que el resto de los participantes tampoco presentaron esas soluciones, por lo que no deberían haber tenido la puntuación máxima de 100 puntos.

Después de estos argumentos Iberdrola defiende que si el jurado hubiese evaluado su propuesta, ésta tendría una puntuación similar a la del consorcio Ventiveste. Por estos motivos, NEI considera que la razón está de su parte y confía en que la decisión del Tribunal, en el que presentó una disposición cautelar, será favorable, al igual que el recurso jerárquico que presentó ante el ministerio de Economía, solicitando su intervención.