Economía/Macro.- El Gobierno creará una Comisión de Competencia, que será la que decida en operaciones de concentración

Actualizado: viernes, 10 marzo 2006 16:31

Las empresas podrán lanzar OPAs sin la autorización de Competencia, como sucede en la UE


MADRID, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

El vicepresidente económico, Pedro Solbes, elevó hoy al Consejo de Ministros un informe sobre el anteproyecto de Ley de Defensa de la Competencia, norma con la que el Gobierno pretende introducir "mayor claridad, agilidad e independencia" en el sistema actual.

Según explicó Solbes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el anteproyecto contempla la creación de la Comisión Nacional de Competencia (CNC), que integrará al Servicio y al Tribunal de Defensa de la Competencia.

Será precisamente esta Comisión el órgano competente para decidir sobre las operaciones de concentración, de forma que el Consejo de Ministros sólo podrá intervenir por razones de interés general y únicamente en los casos en que la Comisión Nacional deniegue una concentración o la someta a condiciones.

Entre los criterios que se entenderán como interés general figuran la defensa nacional, la protección de la seguridad o salud pública, la protección de los derechos y libertades constitucionales, la libre circulación de bienes y servicios, la unidad del mercado nacional y equilibrio territorial, la protección del medio ambiente, las políticas sociales, la protección del pluralismo informativo, y la promoción de la investigación y el desarrollo tecnológico.

El anteproyecto delimita en mayor medida las operaciones de concentración sometidas a control. Así, siguiendo el modelo comunitario, se incluye a todas las empresas en participación de "plenas funciones" (fundamentalmente, independientes de sus matrices), sea cual sea su carácter.

Con ello, se deja de dar un trato diferente a las operaciones con objeto concentrativo (que se sometían a control de concentraciones) y cooperativo (sujetas al procedimiento, más largo y complejo, de conductas restrictivas).

También se eleva el umbral de notificación de cuota de mercado hasta un 30% (ahora es el 25%) y se prevé crear un mecanismo para revisar periódicamente el umbral de cuota de mercado, que podrá ser modificado por el Gobierno mediante Real Decreto.

Además, se agilizará el procedimiento y tratamiento de la Ofertas Públicas de Adquisición de Acciones (OPAs), en línea con el comunitario. Así, será posible el lanzamiento de la OPA sin la autorización previa de Competencia que, en tal caso, sí será necesaria para el ejercicio efectivo de los derechos políticos de las acciones adquiridas.

Por último, se prevé que las empresas presenten compromisos por iniciativa propia o a instancia de la Comisión Nacional de la Competencia y que tales compromisos puedan ser consultados con terceros, lo que se conoce en el ámbito comunitario como "market test".

MENOS MIEMBROS QUE CON EL TRIBUNAL.

La Comisión Nacional de Competencia (CNC), que se configurará como un órgano independiente, mantendrá separados el órgano de instrucción (la Dirección de Investigación), y el de resolución (el Consejo).

El Consejo estará representado por un presidente y cuatro consejeros, por lo que se reducen a la mitad el número de miembros que en la actualidad tiene el Tribunal de Defensa de la Competencia (ocho).

Solbes señaló que el presidente y los consejeros serán nombrados por un período de seis años. La elección corresponderá se al Consejo de Ministros, previa audiencia en la Comisión de Economía del Congreso, entre economistas, abogados y otros profesionales de reconocido prestigio.

Además, se prevé que la Comisión elabore informes sobre proyectos normativos que afecten a la competencia e informes sectoriales, y tendrá mayor capacidad de informar y realizar recomendaciones sobre las ayudas públicas.

Los jueces de lo Mercantil podrán aplicar directamente lo dispuesto en conductas restrictivas de la competencia, que ya vienen aplicando directamente los artículos correspondientes del Tratado de la Unión Europea.

En línea con un Reglamento comunitario de 2003, el anteproyecto contempla que los jueces puedan proporcionar determinada información a la autoridad de competencia. Ésta podrá comparecer como "amicus curiae" para proporcionar su visión sobre un asunto o presentar informes, y el juez podrá decidir suspender el proceso hasta que haya resolución administrativa, con el fin de evitar inconsistencias.

SE DUPLICAN LAS MULTAS.

La ley reorganiza también los tipos de infracción y las clasifica en leves, graves y muy graves. Además, duplica la cuantía máxima de multa que puede imponerse a los representantes legales o a las personas que integren los órganos directivos de las empresas infractoras, pasando de 30.000 a 60.000 euros.

En línea con la normativa comunitaria, se introduce un mecanismo de clemencia para la exención o reducción de las sanciones a aquellas empresas que colaboren en la detección e investigación de un cártel.

La norma también agiliza el proceso, ya que el plazo máximo del procedimiento sancionador se reduce de dos años a dieciocho meses, dado que la integración del Servicio y el Tribunal en la Comisión Nacional de Competencia evitará la duplicación de trámites.