Economía/Motor.- El Gobierno aprueba el uso obligatorio del casco en quads y del cinturón de seguridad para embarazadas

Actualizado: viernes, 1 septiembre 2006 17:04

MADRID, 1 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy el uso obligatorio del casco para conductores y pasajeros de los vehículos especiales tipo 'quad', así como del cinturón de seguridad para las embarazadas, que no estaban obligadas hasta el momento a utilizar este dispositivo.

El Real Decreto aprobado por el Gobierno para modificar el Reglamento de Circulación tiene por objeto completar la transposición al ordenamiento jurídico español de una Directiva comunitaria de 8 de abril de 2003, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el uso obligatorio de cinturones de seguridad en vehículos de menos de 3,5 toneladas.

Para ello, en primer lugar, se regula detalladamente la obligación de los menores de utilizar dispositivos de seguridad, de forma que en los asientos delanteros los menores de doce años con una estatura inferior a 135 centímetros deberán utilizan siempre dispositivos de seguridad adaptados.

Si alcanzan la estatura de 135 centímetros, podrán ir con cinturones de seguridad para adultos. Hasta, ahora en los asientos delanteros sólo pueden ir menores de 12 años con dispositivos adaptados cualquiera que sea su estatura.

En los asientos traseros las personas por debajo de los 135 centímetros deben ir siempre con dispositivos de seguridad adaptados, excepto los taxis cuando circulen por áreas urbanas. Hasta ahora, los mayores de tres años podían utilizar en los asientos de atrás los cinturones para adultos.

AUTOBUSES ESCOLARES.

Además, se exige que el conductor y los ocupantes mayores de tres años, excepto aquellos que no superen los 135 centímetros de estatura, de los autobuses de más de nueve plazas y los que se dediquen al transporte escolar de menores utilicen los cinturones de seguridad, pero sólo si los asientos del vehículo los lleva instalados. El Real Decreto no exige su instalación.

Finalmente, se adapta el contenido del Reglamento General de Circulación a las modificaciones del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, llevadas a cabo por la Ley de 19 de julio de 2005, por la que se regula el permiso de conducción por puntos.

A tal fin, se ha revisado la calificación de algunas infracciones que han pasado en la Ley de tener la consideración de infracciones leves a graves; por ejemplo la no utilización de los dispositivos de seguridad de uso obligatorio, o el uso de teléfonos móviles durante la conducción.