Economía/OPA.- El PP ve motivos suficientes para el cese de Arenillas y responsabiliza a Solbes de su futuro

Actualizado: jueves, 26 abril 2007 19:03

MADRID, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

El PP considera que las últimas informaciones publicadas en torno al vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Carlos Arenillas, ofrecen motivos suficientes para su dimisión y cese, advirtió al vicepresidente segundo, Pedro Solbes, que será responsable de su continuidad.

En declaraciones en el Congreso, el secretario ejecutivo de Economía del Partido Popular, Miguel Arias Cañete, se refirió en primer lugar a las noticias acerca de la matriz de Intermoney, que Arenillas presidió, tuvo deudas con Hacienda que no pagó, según 'La Razón'.

Al respecto, Arias Cañete recordó que "habrá que seguir profundizando" para ver si esa sociedad computa como patrimonial o como SICAV (Sociedad de Inversión de Capital Variable), "en cuyo caso hay una clara incompatibilidad específica entre titulares de organismos supervisores y de organizaciones financieras".

Según explicó, el PP carece de esa información porque no tiene acceso "a la base de datos de la agencia tributaria" y quien la tiene es Pedro Solbes, que "lo puede comprobar, pero a lo mejor llegaría a conclusiones pintorescas".

También aludió a otras noticias acerca de que Arenillas fue invitado a comer por el presidente de una agencia de valores, "que además, ha habido la contratación de su hermano y que luego ha habido la aprobación de un 'Hedge Fund' en tiempo récord, es verdad, no lo puede negar".

En ese contexto, aseguró que Solbes debería haber pedido a Arenillas que dimitiera. "Arenillas debería dimitir, y si no, Solbes tiene la responsabilidad de no seguir poniéndose de lado y abordar el proceso de consenso" con el PP que considera fundamental para un "saneamiento absoluto" de la CNMV.

Por su parte, Pujalte recomendó leer el artículo 11 del Código de Buen Gobierno, que contempla que los altos cargos están obligados a efectuar una declaración de las actividades que desempeñen y a declarar las actividades profesionales, mercantiles o laborales que hubieran desempeñado durante los dos años anteriores a su toma de posesión como alto cargo.

Según este código, dicha declaración se efectuará en el plazo improrrogable de los tres meses siguientes a las fechas de toma de posesión y cese, respectivamente, en el alto cargo, así como cada vez que el interesado inicie una nueva actividad de las reguladas en esta. A su juicio, todo ello hace a Solbes responsable por los nombramientos que ha hecho.