Economía/Telecos.- Consumo asegura que el usuario puede darse de baja del contrato de móvil si no acepta modificaciones

Actualizado: jueves, 22 febrero 2007 19:16

MADRID, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Instituto Nacional del Consumo (INC), dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, recuerda a los usuarios de telefonía móvil que tienen derecho a darse de baja en el contrato, sin abonar ninguna penalización por ello, en el caso de que decidan no aceptar las nuevas condiciones anunciadas por las operadoras.

La actual legislación reconoce al usuario, además, el derecho a ser informado con un mes de antelación de las modificaciones que se pretenden introducir en su contrato de telefonía móvil, entre ellas, las que se refieren a precios, recuerda el INC en un comunicado.

Los operadores que han aplicado habitualmente el redondeo al alza en la tarificación de las llamadas están obligados a facturar únicamente por el tiempo consumido y deberán actualizar los contratos de acuerdo con lo establecido en la Ley de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, a los dos meses de su entrada en vigor, que se cumple el próximo 1 de marzo.

SIN OBSTÁCULOS POR CLÁUSULAS DE PERMANENCIA.

El derecho a desistir del contrato no puede verse condicionado u obstaculizado por las cláusulas de permanencia, ni vincularse a pagos previos en concepto de penalización, añade este organismo, recalcando que las cláusulas de penalización más comunes son las relacionadas con permanencia o financiación del aparato terminal.

El operador tampoco podrá condicionar la portabilidad al abono de penalización alguna, derecho que sólo puede negarse si se ha producido previamente la suspensión del servicio por falta de pago del usuario. No basta, por lo tanto, el mero impago de éste, sobre todo si decide darse de baja en un contrato ante una modificación de tarifas propuesta y discute la aplicación de determinadas cláusulas penales de ese contrato.

Por lo tanto, la compañía sólo podrá denegar la portabilidad si el usuario, en el momento de cambiarse de operador, tiene cortado el servicio por falta de pago de facturas anteriores, no por negarse a pagar la penalización. Este corte sólo se producirá, según la legislación vigente, por impago de alguna factura y sólo en el caso en el que el operador haya seguido el procedimiento previsto en el contrato.

Para cualquier reclamación relacionada con el derecho a darse de baja del contrato, el abonado puede dirigirse a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (901 33 66 99) o en la página web 'www.usuariosteleco.es'.