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MADRID, 19 May. (EUROPA PRESS) -
En plena campaña de la renta, siempre hay la posibilidad de que los contribuyentes se percaten de un error en su declaración una vez que la hayan presentado. Incluso siendo de ejercicios muy anteriores.
Para fortuna de los ciudadanos, la Agencia Tributaria (AEAT), en su sede electrónica, permite modificarla, a través de Renta WEB basándose en dos supuestos, en los que se deberán de seguir dos procedimientos distintos, siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.
El primero de los supuestos se da si los errores u omisiones causan un perjuicio al contribuyente, porque la cantidad a devolver debe ser mayor, o menor la cantidad a ingresar. En ese caso, el afectado puede solicitar la rectificación de la declaración presentada.
Si se da el supuesto en el que los errores u omisiones causan un perjuicio a la Hacienda Pública porque la cantidad a devolver debía ser menor, o mayor la cantidad a ingresar, se debe presentar una declaración complementaria.
El contribuyente también deberá utilizar esta vía si se dan situaciones o circunstancias sobrevenidas que han motivado que haya perdido el derecho a una deducción, reducción o exención ya aplicada en una declaración anterior.
PASOS PARA MODIFICAR LA DECLARACIÓN PRESENTADA SI LOS ERRORES LE CAUSAN PERJUICIO ECONÓMICO A LOS CONTRIBUYENTES
El contribuyente puede solicitar la rectificación de su autoliquidación accediendo nuevamente a su expediente de Renta a través de Renta WEB. En ella debe marcar la casilla de solicitud de rectificación. Por esta vía podrá rectificar directamente los datos de la declaración que fue presentada en su momento.
No obstante, la AEAT avisa de que no podrá solicitar la rectificación si la Administración ya ha practicado una liquidación provisional o definitiva por el error u omisión que se debe de rectificar.
La Agencia también recuerda que en estos casos es posible solicitar la rectificación de la declaración de la renta presentando un recurso o una solicitud de rectificación.
PASOS PARA MODIFICAR LA DECLARACIÓN PRESENTADA CON ERRORES QUE CAUSAN PERJUICIO ECONÓMICO A LA HACIENDA PÚBLICA
Para enmendar los errores y omisiones en este supuesto, el contribuyente debe presentar la declaración complementaria a través de Renta WEB, entrando a la opción 'Modificar declaración presentada' e indicando si se trata de una declaración complementaria.
La nueva autoliquidación debe recoger correctamente todos los datos, por lo que se debe incorporar, junto a lo ya reflejado correctamente en la declaración anterior, los de nueva inclusión o que serán modificados.
Se restará del resultado de la autoliquidación complementaria presentada el importe que se ingresó en la original con errores u omisiones, si esta fue positiva, o bien se sumará la devolución percibida, si resultó a devolver. El resultado obtenido es la cuota a ingresar como consecuencia de esta autoliquidación complementaria.
CÓMO VA LA CAMPAÑA DE LA RENTA 2022
Según los últimos datos confirmados por la Agencia Tributaria a Europa Press, se han presentado hasta ahora más de 10,5 millones de declaraciones, de ellas más de 8 millones con resultado a devolver y, de estas últimas, 5,7 millones ya se han abonado.
Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 22.899.000 declaraciones, un 3,4% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución un 60% de ellas --13.600.000, un 2% menos-- por un importe estimado de 9.946 millones de euros.
En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.