El Gobierno no se plantea cambiar la regulación de liberalización ferroviaria y niega que beneficie a Renfe

Tren Toledo
EUROPA PRESS/RENFE
Actualizado: lunes, 19 mayo 2014 17:22


MADRID, 19 May. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno no se plantea, al menos de momento, modificar de nuevo la regulación de la adjudicación de la capacidad ferroviaria, es decir, la normativa para liberalizar el sector, y niega que tras el cambio realizado el pasado mes de marzo la legislación vigente favorezca a Renfe Operadora, como afirmó la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en un informe aprobado en enero.

El portavoz adjunto de CiU en el Congreso, Pere Macias, registró en el Congreso una pregunta parlamentaria para saber por qué no se sigue el modelo alemán, donde "se prevé un proceso de concurrencia competitiva para asegurar una adjudicación próxima a un mercado liberalizado", y para conocer si el Ministerio de Fomento tiene intención de adaptar el procedimiento de adjudicación de la capacidad de infraestructuras ferroviarias a las advertencias señaladas por el 'superregulador'.

Y es que el organismo que preside José María Marín Quemada señaló en un informe el pasado enero que el proyecto de adjudicación de la capacidad ferroviaria es susceptible de "generar una ventaja competitiva para el operador dominante" y de que se "pueda estar impidiendo la entrada de nuevos operadores al mercado y limitando los beneficios derivados de la liberalización del sector".

En su respuesta, que recoge Europa Press, el Ejecutivo afirma que "los criterios actuales permiten un mercado liberalizado y no se considera que beneficien a la empresa Renfe, sino que priorizan servicios de interés público o la regularidad de los servicios para favorecer a los usuarios" y, por ello, se deja para el "futuro" la valoración de "cambios de mayor calado" en los criterios de adjudicación, una vez se trasponga la directiva de Espacio Ferroviario Europeo Único.

YA SE HICIERON CAMBIOS EN MARZO

Además, el Gobierno señala que la orden ministerial de 2005 sobre la red y el procedimiento de adjudicación de capacidad de infraestructura ferroviaria ya fue modificada el pasado mes de marzo con otra orden de Fomento, donde se "actualizaban" los criterios de adjudicación.

Asimismo, recuerda que la intención es que el proceso de liberalización del transporte de viajeros por ferrocarril se realice "de manera ordenada y progresiva", tal y como se hizo en otros sectores que "evolucionaron desde el monopolio hasta el libre mercado".

"Este proceso conducirá a un escenario final, que supone la prestación de los servicios comerciales de viajeros en régimen de libre competencia entre operadores y la prestación de servicios sometidos a obligaciones de servicio público por un operador en régimen de exclusividad a través de un proceso de licitación", zanja el Gobierno.

PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA CAPACIDAD FERROVIARIA

Según la orden de Fomento de 2005, el mercado ferroviario abierto a la competencia funcionará de forma similar a como ya lo hace el sector aeroportuario, con Adif actuando de gestor de los surcos, que se facilitarán a los operadores privados para que exploten servicios de transporte a cambio del cobro de tasas o cánones.

Para adjudicar la capacidad, se fijará una vez al año el horario de servicio, donde se recogen todos los datos de movimientos planificados que tendrán lugar sobre la infraestructura. A partir de ese calendario y de las solicitudes de adjudicación que se presenten, Adif deberá elaborar el proyecto de servicios y, dos meses antes de su entrada en vigor, se deberá adjudicar de forma definitiva la capacidad a cada candidato.

Si quedaran franjas sin adjudicar, el administrador ferroviario podrá ponerlas a disposición de los interesados. Además, Adif deberá encargarse también de coordinar las solicitudes que puedan resultar incompatibles y resolver conflictos sobre adjudicaciones de capacidad.

Para optar a estos procedimientos, las empresas ferroviarias deberán contar con una licencia mientras que los agentes de transporte, cargadores y operadores de transporte combinados interesados deberán contar con una habilitación expresa. También podrán optar a esta adjudicación las administraciones públicas con atribuciones en la materia.

Entre los criterios de adjudicación se recogen, por este orden, las prioridades que Fomento haya establecido para cada tipo de servicio y línea, la existencia de infraestructuras especializadas, los servicios de interés público, la asignación y utilización efectiva en anteriores horarios de las mismas franjas horarias, los servicios internacionales, la existencia de acuerdos marco que prevean la adjudicación de esa capacidad, la solicitud de una misma franja horaria durante varios días de la semana o en sucesivas semanas del mismo periodo, o la eficiencia del sistema.

Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) falló en febrero de 2013 en contra de España por incumplir la directiva de adjudicación de la capacidad de infraestructura ferroviaria, aplicación de cánones por su utilización y certificación de la seguridad.

A raíz de esta sentencia, el Ejecutivo decidió modificar este artículo sobre los criterios de adjudicación, de modo que ya no podrán considerarse causa de prioridad ni lo que el Ministerio diga potestativamente ni tampoco la asignación y utilización efectiva por el solicitante, en anteriores horarios de servicio, de las franjas horarias, ya que eso beneficiaría a Renfe al ser actualmente el único operador con historial de uso.