MADRID, 11 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto por el que se establece y regula el seguro de responsabilidad civil del que deberán disponer los propietarios de buques civiles (ya sean mercantes, pesqueros o de recreo), tanto españoles como extranjeros, que toquen puerto español con un arqueo igual o superior a 300 toneladas de registro bruto.
Con este Real Decreto -que entrará en vigor el 31 de diciembre de 2011- se persigue garantizar la cobertura de posibles reclamaciones de Derecho marítimo que afecten a los buques indicados, y se da así cumplimento en plazo a la Directiva europea de 2009 que obliga a los Estados miembros de la UE a exigir este tipo de seguro.
La posesión del seguro se demostrará al acceder a puerto español mediante la exhibición, ante las Capitanías Marítimas, del documento original o de un certificado de cobertura (mediante copia autenticada del mismo) expedidos por las entidades aseguradoras. En caso de carecer de ese documento, o no exhibirlo, se impondrán sanciones conforme a lo previsto en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Por otro parte, el citado Real Decreto también prevé que el Ministro de Fomento regule un procedimiento de expulsión de los buques civiles que no cumplan con el mandato, así como establecer un sistema de control sobre buques civiles de cualquier nacionalidad que naveguen por el mar territorial español (siempre que lo admita el Derecho Internacional en función del tráfico y seguridad marítimos, así como en prevención de la contaminación).