Dos grúas trabajan para retirar los vagones de los trenes accidentados, a 30 de octubre de 2026, en Urda, Toledo, Castilla-La Mancha (España). - Eusebio García del Castillo - Europa Press
MADRID, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -
Renfe e Iryo, con el apoyo de las aseguradoras QBE e Intact Insurance, ya han comenzado el proceso de gestionar los anticipos de indemnizaciones a las que tienen derecho las víctimas del accidente ferroviario ocurrido en Urda (Toledo), que ha provocado 69 muertes contabilizadas hasta el momento, informaron a Europa Press en fuentes de las compañías.
Por ley, este anticipo debe pagarse en un plazo de 15 días y tener un importe de al menos 21.000 euros por viajero en caso de fallecimiento, si bien Iryo ya ha adelantado que abonará 35.000 euros.
La aseguradora australiana QBE y la canadiense Intact Insurance ya han puesto en marcha el adelanto de indemnizaciones a las víctimas del accidente, tal y como adelanta el diario 'Expansión'.
Por un lado, Intact Insurance proporciona la cobertura de responsabilidad civil de Iryo y señala que está "en comunicación estrecha" con la empresa en relación con el accidente.
"Tenemos constancia de que Iryo ha informado a las personas afectadas sobre este mecanismo y sobre los canales habilitados para su gestión", confirman fuentes de Intact a Europa Press, aunque matizan que es Iryo quien mantiene la relación directa con los afectados y quien está gestionando este proceso.
"Por nuestra parte, seguimos en contacto con nuestro cliente y consideramos importante actuar con prudencia mientras avanzan las gestiones y se esclarecen las circunstancias del accidente", añaden.
A la vez, indican que el Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos y obligaciones de los viajeros de ferrocarril contempla la posibilidad de realizar anticipos a las víctimas o a sus familiares, y que estos pagos "no implican reconocimiento de responsabilidad, sino que sirven para activar un alivio inmediato a las víctimas".
Desde Iryo han hecho público un comunicado de asistencia económica por el accidente de Urda en el que informan a los usuarios de las medidas de asistencia financiera disponibles y cómo solicitarlas.
En virtud del reglamento europeo, la empresa ferroviaria apunta que abonará a los heridos del accidente "un anticipo económico para atender a sus necesidades económicas inmediatas, de forma proporcional a los daños sufridos", y explica que los interesados pueden ponerse en contacto a través de la dirección de correo electrónico buzonafectados6076@iryo.eu.
"Iryo también abonará, en los mismos términos, anticipos a los familiares de los viajeros lamentablemente fallecidos, en este caso por una suma total de 35.000 euros por fallecido", añade.
Fuentes de Iryo aclaran que el inicio de los pagos depende de la solicitud que vayan haciendo las víctimas de los mismos progresivamente, pero confirman que "la medida ya se ha puesto a disposición".
RENFE Y LA ASEGURADORA QBE
De su lado, QBE figura entre las aseguradoras de Renfe y Adif, si bien también participa en una parte del seguro de Iryo. "En estos momentos, estamos plenamente comprometidos con prestar la colaboración necesaria y con facilitar el apoyo que corresponda a autoridades, las personas afectadas y a sus familiares", declaran fuentes de la firma a Europa Press, al tiempo que trasladan su pesar y apoyo a las víctimas y a sus seres queridos.
"Desde QBE, en Adamuz fuimos un paso más allá para apoyar a los afectados, anticipando pagos desde el primer momento. En Toledo mantendremos ese mismo compromiso, actuando con responsabilidad, cercanía y humanidad, y con pleno respeto al proceso judicial en curso", complementan.
Desde Renfe recuerdan que la información sobre su seguro se puede encontrar publicada en su sitio web --para gestionar las indemnizaciones y la asistencia médica o psicológica del Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV) es necesario cumplimentar el formulario de notificación de accidentes--, recuerdan que las cuantías son las establecidas en el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros y apuntan que se abonarán las indemnizaciones correspondientes.
De acuerdo a los términos del Real Decreto 1575/1989 de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del SOV, Renfe Viajeros tiene contratado con la empresa Everest Insurance (Irlanda), sucursal en España, un seguro obligatorio de accidentes para los viajeros, con el fin de indemnizar a estos o a sus derechohabientes cuando sufran daños corporales en un accidente que tenga lugar por desplazamientos en transporte ferroviario realizado por Renfe, "siempre que concurran las circunstancias establecidas en el citado reglamento".
Fuentes de Renfe confirman a Europa Press que ya se ha activado este seguro "desde el primer momento" del accidente, con cobertura de alojamiento, traslados, atención psicológica y primera asistencia para los afectados y sus familiares, que se garantizaron sus desplazamientos a los distintos puntos de asistencia y se estableció la separación del personal de Renfe y de los viajeros en los alojamientos habilitados.
15 DÍAS DE PLAZO Y UN ANTICIPO MÍNIMO DE 21.000 EUROS
El Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, establece las responsabilidades del transportista en caso de muerte y lesiones de los viajeros.
En su artículo 15 del Capítulo III fija que, en caso de que un viajero muera o resulte herido, la empresa ferroviaria "abonará sin demora, y en cualquier caso a más tardar 15 días después de que se haya identificado a la persona con derecho a indemnización, los anticipos necesarios para atender a las necesidades económicas inmediatas, de forma proporcional a los daños sufridos".
Este no será inferior a 21.000 euros por viajero en caso de muerte. Además, "no constituirá reconocimiento de responsabilidad" y podrá deducirse de cualquier suma que se abone posteriormente sobre la base del mencionado reglamento, pero no dará lugar a reembolso "salvo cuando el daño sufrido haya sido causado por negligencia o falta del viajero o de que la persona que haya recibido el anticipo no sea la persona con derecho a indemnización", especifica.
En caso de lesiones o de otros daños a la integridad física o mental del viajero, los daños y perjuicios comprenderán los gastos necesarios, especialmente los de tratamiento y los de transporte, y la reparación del perjuicio económico causado, ya sea por la incapacidad total o parcial para el trabajo o por el aumento de las necesidades, detalla en su artículo 28 del Capítulo I.
En el supuesto de muerte del viajero, los daños y perjuicios comprenderán los gastos necesarios a consecuencia del fallecimiento, como los de transporte del cadáver y los de las exequias.
"Si, por muerte del viajero, personas con las que este tuviera o hubiera tenido en el futuro una obligación de alimentos en virtud de la ley, se vieran privadas de su sustento", contarán también con indemnizaciones por dicha pérdida, añade.