Los coches nuevos deberán limitar las emisiones del aire acondicionado en 2011

Actualizado: jueves, 6 abril 2006 18:42

ESTRASBURGO (FRANCIA), 6 Abr. (EUROPA PRESS) -

El pleno de la Eurocámara aprobó hoy un paquete normativo destinado a reducir la emisión a la atmósfera de gases fluorados, menos conocidos que el CO2 pero igualmente dañinos y responsables del 'efecto invernadero', que están presentes en los frigoríficos, aparatos de aire acondicionado, aislantes e incluso en algún tipo de zapato.

Tras un acuerdo con el Consejo, el Parlamento dio hoy luz verde a una directiva que limita las emisiones de los sistemas de aire acondicionado de los vehículos, prohibiendo el registro y comercialización de aquellos que no cumplan la normativa. En concreto, en 2011 no se podrán vender coches nuevos cuyos sistemas de aire no cumplan las exigencias de la nueva norma, que será obligatoria en 2017 para todos los vehículos.

Los eurodiputados también han dado vía libre a un Reglamento que prohíbe comercializar o vender ciertos productos, como los zapatos, cuando contengan gases fluorados. La directiva fue aprobada por amplia mayoría y el Reglamento por 476 votos a favor, 46 en contra y 25 abstenciones.

Los dos textos aprobados por la Eurocámara suponen el primer paso hacia una regulación comunitaria en la materia y contribuirán a cumplir los objetivos de la Unión Europea en el marco del Protocolo de Kioto. La UE se propone reducir en un 8% la emisión de gases causantes del efecto invernadero entre 2008 y 2012.

La nueva legislación prevé la prohibición del uso de estos gases en productos como zapatos, marcos de ventanas, extintores de incendios y ruedas y la fecha en que serán efectivas las prohibiciones depende del tipo de producto. Por ejemplo, para las suelas de zapatos no podrán usarse gases fluorados con efecto invernadero a partir del 1 de julio. En el caso de las ruedas, será dentro de un año.

Los gases fluorados se podrán seguir utilizando, con ciertos condicionantes regulados en otras disposiciones, en toda una serie de aplicaciones para las que no existe alternativa. Por ejemplo, sistemas de aire acondicionado, refrigeración, y equipos eléctricos. Pero el Reglamento introduce medidas para evitar pérdidas o filtraciones al aire. Los productores tendrán, además, que proporcionar más información sobre los gases comercializados en la Unión Europea.

ETIQUETADO

Otro aspecto del Reglamento es que los aparatos que contengan gases fluorados no podrán comercializarse sin una etiqueta que indique de manera clara e indeleble los nombres químicos de estos gases y su cantidad. También deberá especificarse que los mismos están cubiertos por el protocolo de Kioto.

Los manuales de instrucciones que acompañen estos aparatos tendrán que precisar además el potencial impacto de los gases en el recalentamiento del planeta. La forma de la etiqueta queda pendiente de determinar y la Comisión decidirá posteriormente si procede añadir información medioambiental suplementaria.

También se regulan varios aspectos que afectan a las instalaciones fijas de aire acondicionado, refrigeración o protección contra el fuego, normas técnicas que deben cumplirse e inspecciones que deben llevarse a cabo --normas que también se aplicarán a los equipos importados-- sobre la formación del personal de mantenimiento, definición e inventario de las instalaciones y sobre la promoción de tecnologías alternativas, tanto para las instalaciones fijas contempladas por el nuevo Reglamento como para los sistemas de climatización de los vehículos de motor, objeto de la Directiva.

En las negociaciones en conciliación entre Parlamento y Consejo las cuestiones más polémicas fueron las exenciones nacionales para aquellos países que poseen o quieren medidas más estrictas en relación a los gases de efecto invernadero. Finalmente se ha acordado un plazo para estas exenciones, el 31 de diciembre de 2012, y la inclusión de una cláusula de revisión, permitiendo así el final del procedimiento y equilibrando la protección del medio ambiente y el funcionamiento del mercado único.