Publicado 01/10/2019 10:50

Agricultura.- Agricultura permite por razones fitosanitarias la quema de la paja del arroz en l'Albufera hasta el fin de la siega

Agricultura permite por razones fitosanitarias la quema de la paja del arroz en
Agricultura permite por razones fitosanitarias la quema de la paja del arroz en - UNIÓ - Archivo

VALNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica ha habilitado, con carácter extraordinario y únicamente por razones fitosanitarias, la posibilidad de autorizar la quema de restos de rastrojos y paja de arroz en aquellas superficies de cultivo ubicadas en el entorno de l'Albufera de Valncia desde el 1 de octubre hasta el fin de la campaña de la siega del arroz 2019, y en todo caso, hasta el 31 de diciembre, ambos inclusive.

Únicamente se podrán efectuar con nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales 1 y desde el amanecer hasta dos horas antes del ocaso solar, momento en el que deberá quedar completamente extinta, según consta en la resolución que se publica este martes en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

La Ley de montes indica que las comunidades regularán en montes y áreas colindantes el ejercicio de las actividades que puedan suponer riesgo de incendio. El Reglamento de la Ley forestal de la Comunitat establece que en terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de aquellos, previa autorización, podrá realizarse la quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de otro tipo, fuera del periodo del 1 de julio al 30 de septiembre.

También establece que los periodos indicados podrán ser modificados por la dirección general competente en función de las condiciones de peligro de incendios.

La Resolución de 12 de mayo de 2017 de la directora general de prevención de incendios forestales, sobre modificación del período de quemas, dispone que con carácter extraordinario, y únicamente por razones fitosanitarias, de investigación u otros motivos de urgencia debidamente justificados que no permitan su aplazamiento, se podrán autorizar quemas durante el periodo comprendido entre el 1 de junio hasta el 30 de junio, ambos inclusive, y desde el 1 de octubre hasta el 16 de octubre, ambos inclusive, siempre que exista resolución en ese sentido de la dirección general competente en prevención de incendios forestales.

Un informe de la dirección general de Agricultura, Ganadería y Pesca habla de las medidas excepcionales para el control de los daños por anoxia, y de la invasión de malas hierbas, plagas y enfermedades que afectan al cultivo del arroz de fecha 17 de septiembre de 2019. Atendiendo a las razones fitosanitarias de urgencia que se manifiestan por la Conselleria de Agricultura, se habilita este nuevo periodo de quemas.

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