Publicado 04/06/2020 15:32

Irene Montero, tras la sentencia a 'La Manada' por abusos sexuales en el caso de Pozoblanco: "Solo sí es sí"

La ministra de Iguadad, Irene Montero
La ministra de Iguadad, Irene Montero - Pool - Archivo

   MADRID, 4 Jun. (EUROPA PRESS) -

   La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha reivindicado el consentimiento expreso en los delitos sexuales tras conocerse la sentencia que condena a cuatro miembros de 'La Manada' por abusar sexualmente de una joven en la localidad de Pozoblanco (Córdoba) en mayo de 2016. "Solo sí es sí", se ha limitado a escribir la ministra en su perfil de Twitter.

   En la red social, Montero ha vuelto a reivindicar el lema tan habitual en las movilizaciones sociales tras la polémica sentencia del caso de La Manada de Los Sanfermines en la que la Audiencia de Navarra condenó a los cinco acusados por un delito de abuso sexual, absolviéndoles del de agresión. Inicialmente el juez no apreció ni violencia ni intimidación en los hechos, si bien posteriormente el Tribunal Supremo elevó la condena al concluir que fue una violación múltiple y hubo un "auténtico escenario intimidatorio".

   Precisamente los cuatro condenados por los hechos de Pozoblanco ya cumplen pena de cárcel por las agresiones sexuales acontecidas en Pamplona en 2016 , por la que cumple condena otra joven más. Dos meses antes de los Sanfermines, abusaron de una joven de 21 años que estaba inconsciente en el interior de un coche. Esto fue grabado en un vídeo que fue descubierto durante la investigación del caso de La Manada de los Sanfermines.

   Ahora, el juez condena a un año y seis meses de prisión a cada uno por un delito de abusos sexuales. El joven autor de la grabación ha sido también condenado a tres años de prisión por un delito contra la intimidad.

   El magistrado explica que el delito de abusos sexuales del artículo 181.1 del Código Penal contempla una pena de uno a tres años de prisión o multa de 18 a 24 meses, pero en este caso impone a cada uno de ellos un año y medio de prisión por los antecedentes que tienen.

   "Las circunstancias personales de los acusados, quienes con posterioridad a estos hechos llevaron a cabo una conducta ilícita de mayor gravedad aún, los hechos cometidos en Pamplona y cuya notoriedad pública ha sido muy importante, llevan a considerar que la consecución de los fines de prevención especial de la pena determinan la necesidad de una pena en extensión superior al mínimo legal"", expone.

    El artículo 181 del Código Penal regula el delito de abusos sexuales, que castiga al que, sin violencia o intimidación, y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona. Se consideran abusos sexuales no consentidos los que se realizan sobre personas que se hallan privadas de sentido.

   El juez sostiene que la víctima de Pozoblanco estaba "en un estado de inconsciencia" y los cuatro jóvenes, "aprovechando dicha situación y con ánimo libidinoso", le realizaron tocamientos de carácter sexual, mientras otro gravó los actos en vídeo.

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