SANTANDER, 23 Abr. (EUROPA PRESS) -
El magistrado-juez accidental del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Santander ha condenado a un total de 520 días de prisión y prohibición de acercamiento a las víctimas, a un hombre que agredió a su mujer y amenazó e insultó a ésta y a la hija de ambos.
Según recoge la sentencia, hecha pública hoy, y que suspende por cinco años la pena privativa de libertad, los hechos por los que ha sido condenado Andrés L.M, de 40 años de edad, y natural de Santander, ocurrieron el pasado 18 de abril cuando, sobre las 14:30 horas, el acusado acudió al domicilio familiar, situado en Peñacastillo.
Nada más llegar a la casa, el procesado comenzó a insultar a su hija, de 18 años de edad, a la que llegó a agarrar por los brazos y zarandear fuertemente, todo ello en presencia de dos hijas menores de dos años.
Al percatarse de la discusión, la esposa del acusado intervino en la misma, comenzando el procesado también a insultarla y llegando a propinar a la mujer diversos puñetazos en la cabeza, en la boca y una patada en la pierna derecha, hechos ocurridos igualmente en el domicilio familiar y en presencia de las hijas menores del matrimonio.
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió contusión en la zona frontal izquierda, y en el muslo izquierdo, cuya sanidad precisará un plazo de 5 a 8 días tras una primera asistencia facultativa.
Según recoge la sentencia, en septiembre de 2006, la denunciante decidió poner fin a la convivencia matrimonial, comenzando el acusado, en presencia de sus hijas menores, a decirla que "no se pusiera tonta y que la iba a quitar las niñas y que si tenía que coger una recortada la cogería".
El pasado 19 de abril, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Santander dictó un Auto decretando orden de protección integral de la víctima, incluyendo la prohibición al imputado de acercarse a las denunciantes: su esposa y su hija de 18 años, a su domicilio personal, a menos de 300 metros y también la prohibición de comunicarse con las mismas por cualquier medio.
CONDENA
El juez ha considerado estos hechos constitutivos de tres delitos. Así, por el primero, de violencia doméstica, condena al acusado a la pena de ciento sesenta días de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante el termino de dieciséis meses, y también le impone la probibicion de aproximacion a su hija a una distancia no inferior de 300 metros de su persona y de su domicilio durante el término de dieciseis meses.
Además le condena, por un delito de violencia de género, a doscientos dias de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante el termino de dieciséis meses, así como a la pena de probibición de aproximación a su esposa a una distancia no inferior de 300 metros de su persona y de su domicilio durante el plazo de dieciseis meses.
Finalmente le condena por otro delito un delito de violencia de género, a la pena de ciento sesenta días de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante el termino de dieciséis meses, así como a la pena de probibición de aproximación a su esposa a una distancia no inferior de 300 metros de su persona y de su domicilio durante el tiempo de dieciseis meses. Además deberá indemnizar a ésta con 175 euros.
La sentencia, que también impone las costas procesales al condenado, acuerda la suspensión de la pena privativa de libertad durante el término de cinco años.