Actualizado 09/02/2012 14:44

La Audiencia condena a 4 años y 8 meses de cárcel a un hombre que golpeó y encerró a su novia en un armario

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante
EUROPA PRESS


ALICANTE, 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

La sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pena de cuatro años y ocho meses de prisión a un hombre de 29 años como autor de un delito de detención ilegal y otro de maltrato familiar contra su novia, a la que golpeó y encerró en un armario de la vivienda que ambos compartían en Elche (Alicante).

La sentencia considera probado que el 13 de septiembre de 2011, el acusado inició una discusión con su pareja en su vivienda de Elche, en el curso de la cual, con ánimo de atentar contra su integridad física, le propinó diversos golpes en la cara, la tiró al suelo varias veces, la arrastró y le dio cabezazos contra el suelo.

A continuación, el acusado la encerró con llave en contra de su voluntad en un armario situado en el salón de la vivienda, bloqueó la puerta del armario con un sillón y se dispuso a marcharse del domicilio portando la llave en un bolsillo.

No obstante, cuando se disponía a abandonar el piso fue interceptado por los agentes de Policía Local que habían acudido alertados por teléfono por un vecino.

Los policías, mientras hablaban con él, escucharon voces pidiendo auxilio que procedían del interior del domicilio. Una vez localizada dentro del armario, la propia víctima les informó de que las llaves del armario las tenía el acusado, por lo que procedieron a registrar al varón y recuperaron las llaves para sacarla del armario.

PENAS

Por todo ello, el tribunal de la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante condena al acusado a un total de cuatro años y 8 meses de prisión y la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima o su entorno en un tiempo de cinco años y la prohibición de contactar con la víctima durante dos años.

El tribunal considera probado en la sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que concurre la atenuante en ambos delitos de la reparación del daño, ya que la perjudicada ya ha sido indemnizada por el acusado en 2.000 euros.