Actualizado 07/09/2007 16:12

EpC.-El Defensor del Pueblo andaluz dice que la nueva asignatura cuenta con una "profunda carga" de educación en valores

CARMONA (SEVILLA), 7 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, consideró hoy que la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) cuenta con una "profunda carga" de educación en valores.

En declaraciones a Europa Press, Chamizo, que participó hoy en el acto de clausura del curso de la Universidad Pablo de Olavide sobre 'Infancia y nuevas tecnologías', manifestó que ahora es el turno de "dialogar" con las familias que se oponen al desarrollo de la materia para consensuar "de la mejor manera posible" el comienzo inmediato de su aplicación.

Estas declaraciones se producen después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictara un auto en el que deniega la suspensión cautelar de la aplicación de los decretos autonómicos que desarrollan la asignatura de Educación para la Ciudadanía en Andalucía, como demandaban como medida preventiva los padres que a título individual recurrieron esta nueva materia que la Junta implanta en Secundaria este curso, según informó a Europa Press Carlos Seco Gordillo, uno de los promotores de esta iniciativa.

No obstante, esta resolución "no es firme y se puede recurrir por las partes", según indicó el letrado, quien señaló que está estudiando la posibilidad de recurrirla y aclaró que "esto no supone que se rechace el recurso contencioso-administrativo que interpusimos en el tribunal, sino la adopción de la suspensión cautelar". El TSJA rechaza así la petición de paralizar preventivamente la puesta en marcha de EpC como habían solicitado los al menos 14 padres que respaldan estos recursos.

La Fiscalía ya había rechazado también la suspensión cautelar de la materia, algo sobre lo que Seco Gordillo había dicho que no significaba que el TSJA fuera a dictar en el mismo sentido de Fiscalía", algo que finalmente sí se ha producido.

Las alegaciones de la Fiscalía recogen que "las disposiciones generales impugnadas por el recurrente, en nada afectan al contenido del derecho a la libertad religiosa, tal y como ha sido expuesto".