El TS rechaza el recurso contra la condena a Ricardo N.R. por degollar a su ex pareja Svetlana Orlova

Europa Press Sociedad
Actualizado: jueves, 27 mayo 2010 17:50

ALICANTE 27 May. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha decidido que no ha lugar a la admisión del recurso de casación presentado por Ricardo Antonio N.R. contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante que le condenó a un total de 21 años de prisión por matar a su ex pareja, la joven rusa Svetlana Orlova, que murió por un corte en el cuello en noviembre de 2007 en Alicante, tras acudir con su ex novio a un programa de televisión en el que rechazó retomar la relación.

El Supremo rechaza los motivos expuestos por la defensa del acusado, que alegó vulneración de la presunción de inocencia al considerar insuficiente el material probatorio, cuestionó la apreciación de la agravante de alevosía y un error en la apreciación de la prueba pericial.

En el auto del TS, facilitado por la Audiencia de Alicante, se señala, que el material probatorio "confirma la certera atribución al recurrente de a autoría de los hechos", y destaca la versión exculpatoria de Ricardo Antonio N.R. quedó "huérfana de todo refrendo", puesto que su coartada fue que "pasó la tarde en casa de sus padres", y su madre no fue propuesta como testigo y su padre, que sí lo fue, se acogió en el plenario a la dispensa de la obligación de declarar por ser familiar del imputado.

Respecto ala apreciación de la agravante de alevosía, la defensa indicó en su recurso que los hechos fueron "un forcejeo entre víctima y agresor" y no "un ataque por la espalda, por lo que habría de excluirse" éste agravante.

Sin embargo, la sala considera que la agresión tuvo "carácter sorpresivo", y por tanto, suprimió "la posibilidad de defensa", puesto que el ataque ocurrió en un encuentro fortuito entre Svetlana Orlova y su ex novio, después de que este anduviera preguntando por ella en el nuevo domicilio que la fallecida había buscado para eludir a Ricardo Antonio N.R..

"La víctima no sólo no podía contar con encontrarse a su ex pareja en el inmueble al que se había trasladado sin conocimiento de éste, sino que ni siquiera cuando ya se encontró con él gozaba de maniobrabilidad" ni de medios "equiparables" a los del agresor para defenderse, puesto que la acción se produjo en el interior de un ascensor.

La Audiencia alicantina consideró que Ricardo Antonio N.R., ex pareja de Svetlana, es autor de un delito de asesinato con alevosía, por el que le condena a una pena de 19 años de cárcel, y de un delito de maltrato familiar habitual, con el agravante de cometer los actos en presencia de menores, por el que le condena a dos años de prisión.

Asimismo, la sala condenó al procesado a indemnizar al hijo de Svetlana con 300.000 euros, a la madre de la víctima con 30.000 y al pago de las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular.

La Audiencia consideró probado que el condenado mantuvo una relación sentimental con Svetlana Orlova desde 2004 hasta octubre de 2007, momento en que se rompió la relación con oposición del procesado, que quería continuarla, "hasta el extremo de comparecer ambos en un programa de televisión de difusión nacional" en el que el acusado pidió a Svetlana volver a estar juntos, algo a lo que ella se negó.

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