MADRID 14 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del reconocimiento de títulos y diplomas entre el Gobierno español y el de la República Popular de China.
El acuerdo es desarrollo del artículo 6 del Convenio de Cooperación Cultural, Educativa y Científica entre España y la República Popular de China del 7 de abril de 1981, y es resultado de un proceso negociador iniciado en marzo de 2005 con ocasión de la visita a España de una delegación del Ministerio de Educación del país asiático.
Los objetivos del acuerdo son incrementar la movilidad entre estudiantes de ambos países y facilitar la realización de estudios de postgrado de máster y doctorado en universidades de cada una de las partes.
En cuanto a su contenido, en primer lugar se permite, con carácter general, el acceso a la universidad, en régimen de reciprocidad, a los alumnos que cumplan en su país de origen los requisitos académicos para acceder a la misma, lo que significa que los alumnos chinos que, con arreglo a sus normas, pueden acceder a la universidad en su país también podrán acceder a las universidades españolas, sin necesidad de efectuar la prueba de selectividad.
Con esto se hacen extensivas por primera vez a un Estado no miembro de la Unión Europea las previsiones del artículo 38.5 de la Ley Orgánica de Educación que prevé este tipo de acceso a la universidad para "los alumnos procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o los de otros Estados con los que hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad".
En segundo lugar, el acuerdo desarrolla la colaboración entre las universidades de ambos países para la realización de estudios de postgrado, facilitando la incorporación de los graduados de cada parte a los estudios de máster y de doctorado, al tiempo que se regulan los mecanismos para el reconocimiento de estudios, títulos, diplomas y grados académicos.
Por otra parte, el acuerdo regula el acceso a la universidad, el sistema para el reconocimiento de títulos y grados académicos y las normas que han de presidir la convalidación de los estudios parciales. Se facilita la movilidad estudiantil en los estudios de máster y doctorado, posibilitando el acceso a estos estudios sin necesidad de homologación previa de los estudios anteriores. Se prevé, además, reforzar la colaboración mediante la celebración de convenios entre universidades y se contempla también la posibilidad de impartir planes de estudios conjuntos.