Actualizado 06/03/2009 17:02

Consejo.- El Gobierno aprueba medidas para proteger la maternidad militar en la fase de formación y perfeccionamiento


MADRID, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto que establece medidas para la protección de la maternidad de las militares durante su fase de formación --al inicio de su carrera profesional-- y de perfeccionamiento castrense --la enseñanza superior imprescindible para poder continuar su promoción en las Fuerzas Armadas--.

El decreto fue ratificado por el Gabinete que dirige José Luis Rodríguez Zapatero un día después de que el pasado jueves la titular de Defensa, Carme Chacón, proclamara en la sede de su Departamento en su primera audiencia con 47 altos mandos de las Fuerzas Armadas que la maternidad "no puede suponer un obstáculo" en la carrera militar de las mujeres.

"Cuando vosotros ingresasteis en las Fuerzas Armadas, la profesión militar era únicamente masculina. Hoy hombres y mujeres trabajáis codo con codo en pie de igualdad. Tenemos que seguir esforzándonos para que la vida familiar y la vida militar puedan ser compatibles, sin olvidar que los hijos, que vuestros hijos, son de las mujeres y también de los hombres", transmitió Chacón a los oficiales y oficiales generales formados ante ella para la audiencia, a los que les subrayó que "la maternidad, por tanto, no puede suponer un obstáculo de la carrera de las mujeres en las Fuerzas Armadas".

Según informó el Gobierno en la referencia posterior al Consejo, las iniciativas son acordes con las Leyes para la Igualdad y de la Carrera Militar de 2007 y establecen "la forma en que se facilitará nuevas oportunidades a las mujeres" para poder desarrollar con garantías su periodo de formación castrense y la posterior enseñanza de perfeccionamiento.

"El objeto es establecer las medidas a las que podrán acogerse las alumnas de la enseñanza de formación y las militares profesionales alumnas cuando, por razones derivadas de su estado de embarazo, parto o posparto, no puedan desarrollar en condiciones de igualdad los cursos a los que se refiere el ámbito de aplicación de este Real Decreto", explicó el Ejecutivo.

En el ámbito de la enseñanza de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional, el decreto aprobado este viernes establece que las militares tendrán derecho a una reserva de plaza en la siguiente convocatoria cuando por embarazo, parto o postparto, no puedan completar un curso o las pruebas de selección para el mismo. Se verán, asimismo, exentas de cumplir los requisitos de edad "en el supuesto de que figuren en la siguiente convocatoria" y tampoco deberán "acreditar una titulación distinta a la requerida en la convocatoria inicial" ni se les contabilizará la convocatoria como consumida.

En el supuesto en que para ser designada alumna hubiera tenido que superar pruebas de selección previas, la militar profesional no tendrá la obligación de volver a realizarlas, excepto si se tratara de pruebas médicas o físicas "cuya valoración fuese determinante en el proceso selectivo correspondiente".

En el caso de que por razón de embarazo, parto o postparto, una militar causara baja en un curso por superar el número de faltas establecido en la normativa que lo regula o en la convocatoria correspondiente, "en el siguiente curso que realice quedará exenta de volver a cursar los módulos, materias o asignaturas ya superados".

Con independencia de lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando se trate de módulos, materias o asignaturas en donde se valore la condición física, habilidad o destreza para desarrollar una determinada actividad, la convocatoria o, en su caso, los correspondientes planes de estudios, "deberán determinar si se le puede aplicar la exención referida".

En el área de la enseñanza de formación, primera etapa de la carrera militar, la alumna que se encuentre embarazada, de parto o postparto tendrá derecho a partir de ahora a no ser dada de baja en su centro de formación castrense por esa circunstancia, así como a elegir su residencia fuera de dicho centro. Además, no se le computarán como consumidas las pruebas o convocatorias, ordinarias y extraordinarias, a las que no pueda comparecer por motivo de su situación.

Si por su situación maternal, la alumna "se viera obligada a repetir algún curso académico, quedará exenta de volver a cursar los módulos, materias o asignaturas ya superados". El decreto aprobado por el Consejo de Ministros contempla que las convocatorias, los planes de estudios, la estructura, duración y carga lectiva de los cursos se "adecuarán" para proteger los derechos de las militares embarazadas.

Así, se buscará sustituir la enseñanza presencial por la formación a distancia, cuando los módulos y materias lo permitan y se determinarán los módulos y asignaturas cuya superación "de forma individualizada" exime a la alumna de su posterior repetición. Se adaptarán, por último, el régimen de vacaciones, permisos y licencias para "garantizar la compatibilidad entre su situación y el régimen docente".