Publicado 04/02/2015 17:40

Córdoba tiene inscritas en el registro de la Junta 9.004 asociaciones, un cinco por ciento más que hace un año

Rafaela Crespín
EUROPA PRESS

Destacan las 2.303 de carácter cultural seguidas de las recreativas y vecinales

CÓRDOBA, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El tejido asociativo creció un cinco por ciento en Córdoba el pasado año tras la inscripción de 446 nuevas entidades en el Registro de la Junta de Andalucía, con lo que actualmente hay un total de 9.004 organizaciones inscritas en esta provincia, según la Delegación del Gobierno andaluz.

De esta cifra, la mayor parte son las de carácter cultural, ciencias, artes y letras, con 2.303; seguidas por las recreativas, con 965; de vecinos, con 813; las 721 educativas, las 682 deportivas y las 573 de acción social. La localidad con más asociaciones es la capital, con 5.559; seguida por Puente Genil, con 531; Lucena, con 458, y Palma del Río, con 330 .

De las entidades registradas durante el pasado año en la provincia, destacan las de carácter cultural y de humanidades, con 93 nuevas asociaciones, las 65 deportivas y las 63 recreativas. Las asociaciones activas más antiguas, registradas con los números 2 y 3, son el Círculo Cultural Juan XXIII y el Círculo Taurino, ambas inscritas el 25 de noviembre de 1965.

La delegada del Gobierno andaluz en Córdoba, Rafi Crespín, ha destacado "el dinamismo y la vitalidad del movimiento asociativo" de la provincia y el papel que desempeña, además de "su importante contribución al crecimiento y bienestar de la sociedad cordobesa, desde los diversos ámbitos en los que estas entidades desarrollan su actividad".

Rafi Crespín ha añadido que las asociaciones "desempeñan un papel fundamental para el impulso del ejercicio activo de la ciudadanía y la consolidación de un sistema democrático avanzado, con el impulso de valores esenciales para la convivencia, como la solidaridad y la tolerancia", y ha animado a la ciudadanía a asociarse para defender sus intereses legítimos y como una forma de aportar propuestas y participar en los asuntos públicos.

En el Registro de Asociaciones de Andalucía, que gestiona la Consejería de Justicia e Interior, no solo se tramitan las nuevas inscripciones, ya que su labor se extiende a otros muchos procedimientos que afectan a las entidades ya inscritas, como la modificación de sus estatutos, el registro de órganos de representación, cambios de sede social, integración en una federación o extinción de la actividad.

El Registro de Asociaciones de Andalucía tiene por objeto la inscripción de todos los colectivos, federaciones y confederaciones que no tengan fin de lucro, constituidos al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 4/2006 de 23 de junio de Asociaciones de Andalucía, que desarrollen sus actividades y tengan establecido su domicilio en el ámbito territorial de la comunidad autónoma.

Se excluyen de este registro aquellas modalidades específicas reguladas por leyes especiales, como confesiones religiosas, partidos políticos, organizaciones empresariales, organizaciones profesionales, comunidades de bienes o de propietarios, cooperativas o agrupaciones de interés económico o mercantil.

En toda Andalucía hay registradas oficialmente un total de 70.364 asociaciones de una tipología muy diversa, aunque las más numerosas son las de carácter sociocultural y las que se dedican su actividad a la acción social, así como las vecinales, profesionales, sanitarias, educativas, deportivas y recreativas.

REGISTROS EN CADA PROVINCIA

En cada Delegación del Gobierno andaluz se ubican las unidades registrales provinciales, donde se puede obtener información, asesoramiento y presentar la solicitud de inscripción, así como el resto de modificaciones durante la trayectoria de la asociación.

Es un registro público, ya que con su inscripción los colectivos hacen pública su constitución o sus estatutos. Además, cualquier persona puede consultar su contenido en la base de datos de la Consejería de Justicia e Interior o bien directamente en el registro.

Como requisitos mínimos para poder constituir una asociación se debe contar al menos con tres socios con plena capacidad de obrar, levantar un acta fundacional y aprobar en asamblea unos estatutos, que son la norma de funcionamiento de la organización. Además, no se necesita autorización previa para constituirla y solo se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar o que atenten contra los principios constitucionales.