Andalucía consolida un marco técnico y garantista para el control excepcional de predadores cinegéticos. - JOAQUÍN CORCHERO/PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
SEVILLA 12 Feb. (EUROPA PRESS) -
La consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, Catalina García, ha abordado este jueves en el Pleno del Parlamento andaluz la nueva Orden por la que se regula la acreditación y las funciones de las personas controladoras de predadores cinegéticos, por la que se aprueban sus métodos de captura en la Comunidad Autónoma.
Según ha informado la Junta en una nota, durante su intervención, la consejera ha señalado que esta norma se ha concebido como "herramienta de gestión excepcional dentro del marco de la conservación de la biodiversidad y del equilibrio de los ecosistemas".
Asimismo, la orden ha venido a desarrollar un régimen jurídico ya previsto en la normativa autonómica y estatal, dotándolo de "mayor claridad, homogeneidad y seguridad jurídica", especialmente en aquellos supuestos en los que determinadas poblaciones de fauna silvestre pueden actuar como un factor "limitante" para la recuperación de las poblaciones de sus presas.
Así, García ha señalado que Andalucía cuenta con un amplio y consolidado marco legal en materia de flora y fauna silvestres. La Ley 8/2003, de 28 de octubre, ha establecido con carácter general la prohibición del uso de métodos de captura masivos o no selectivos, así como de aquellos procedimientos que puedan provocar la desaparición local de una especie o alterar gravemente las condiciones de vida de sus poblaciones.
No obstante, la propia ley ha contemplado un régimen de excepciones que permite autorizar actuaciones concretas cuando no existe otra solución satisfactoria y siempre que no se comprometa el estado de conservación de las especies afectadas.
Precisamente, la nueva orden se ha situado en ese espacio normativo de excepcionalidad, "reforzando los controles administrativos y técnicos asociados a estas actuaciones".
En este contexto, la regulación ha partido de la premisa de que el control de predadores con dispositivos de control no constituye una práctica ordinaria, sino un recurso complementario que solo se activa cuando las medidas habituales de gestión cinegética y de hábitat resultan insuficientes o cuando concurren densidades elevadas de determinadas especies con impactos acreditados, principalmente en relación con fluctuaciones de las especies presentes.
No obstante, el Plan Andaluz de Caza 2023-2033 ya había diagnosticado el incremento natural de algunas poblaciones y había señalado la necesidad de regular de forma expresa esta materia, "habilitando la figura del controlador de predadores y estableciendo criterios comunes en todo el territorio andaluz!.
De estes modo, la orden ha puesto especial énfasis en la profesionalización de estas actuaciones. Además, se ha regulado una acreditación personal e intransferible para las personas controladoras de predadores cinegéticos, con una validez de cinco años, vinculada a la superación de un curso de formación específico, a la realización de reciclajes periódicos y a la renovación de la habilitación.
Además, se ha establecido un sistema de homologación de las entidades formadoras, con el objetivo de "garantizar que la capacitación técnica responda a estándares homogéneos y verificables".
ESPECIES OBJETO DE REGULACIÓN
Otro de los elementos centrales de la norma ha sido la definición precisa de las especies que pueden ser objeto de control y de los métodos de captura autorizados. Así, las especies contempladas son el zorro, el jabalí, la urraca, así como los predadores domésticos asilvestrados en determinadas circunstancias.
En este sentido, los métodos homologados se han basado en criterios de selectividad y bienestar animal, alineados con las Directrices Técnicas aprobadas en el seno de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, y se ha previsto la posibilidad de incorporar nuevos sistemas en el futuro, siempre que superen los correspondientes procesos de evaluación técnica.
Por otro lado, la regulación ha respondido a una realidad constatada en el territorio andaluz, como es el aumento de poblaciones de jabalí y cerdos asilvestrados. Su expansión ha generado afecciones en ámbitos diversos, desde daños a cultivos y explotaciones ganaderas hasta riesgos sanitarios, problemas de seguridad vial y presencia en entornos urbanos.
En este escenario, disponer de procedimientos regulados y de métodos homologados se ha considerado una pieza clave para una gestión eficaz y responsable, especialmente ante la necesidad de la adopción de medidas de prevención frente a enfermedades de declaración obligatoria que afectan a especies silvestres y domésticas, como la peste porcina africana, y el control de enfermedades zoonósicas como la tuberculosis.
Igualmente, la orden ha tenido en cuenta el impacto que pueden provocar otros animales asilvestrados cuando viven libres del dominio humano y sin dependencia del cuidado de las personas en el medio natural. En determinados contextos, su presencia ha supuesto un riesgo para la fauna silvestre y para la salud pública, lo que ha justificado la adopción de medidas específicas dentro del marco de las autorizaciones excepcionales previstas en la normativa vigente.
Especial atención se ha prestado a la compatibilidad entre el control de predadores y la conservación de especies protegidas. La regulación ha introducido limitaciones específicas en áreas con presencia estable de lince ibérico (Lynx pardinus), reforzando la protección de esta especie emblemática y reconociendo su papel clave en los ecosistemas mediterráneos.
De este modo, su función como regulador natural de carnívoros medianos contribuye a mantener el equilibrio ecológico y favorece la recuperación de especies presa, como el conejo de monte (Oryctolagus cuniculus) o la perdiz roja (Alectoris rufa), "aspectos que se han tenido en cuenta en el diseño de la norma".
Al hilo, el desarrollo de esta orden se ha producido en un contexto en el que la actividad cinegética tiene un peso significativo en Andalucía. La comunidad cuenta con más de 163.000 personas cazadoras con licencia y más de 7.500 cotos y reservas de caza, que abarcan en torno al 81% del territorio andaluz, cerca de siete millones de hectáreas.
Por último, la consejera ha destacado que se trata de una actividad con "una dimensión social, económica y territorial relevante", especialmente en el medio rural, que ha requerido un marco regulador "claro y actualizado para garantizar su compatibilidad con la protección del patrimonio natural".