Actualizado 30/03/2020 15:54

Andalucía garantiza la continuidad de la ayuda a domicilio que cubra necesidades básicas esenciales

Foto de recurso de servicio de ayuda a domicilio y de persona mayor.
Foto de recurso de servicio de ayuda a domicilio y de persona mayor. - JUNTA DE ANDALUCÍA

SEVILLA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno andaluz ha acordado este lunes que las prestaciones domiciliarias del servicio de ayuda a domicilio que "garanticen la cobertura de necesidades básicas esenciales" --aseo, higiene personal y del entorno próximo, vestido, tratamiento y prestaciones farmacéuticas, de alimentación y sueño-- "no pueden ser interrumpidas" en el actual estado de alarma declarado por la crisis sanitaria del coronavirus Covid-19.

Así lo ha anunciado la Junta en una nota después de que el Consejo de Gobierno haya tomado en consideración las recomendaciones de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación para garantizar la prestación del servicio de ayuda a domicilio en las actuales circunstancias de "emergencia sanitaria y social".

Junto a la garantía de la ayuda a domicilio que cubra necesidades básicas esenciales, la Junta ha comunicado también que, no obstante, "se podrá reconfigurar el contenido de las atenciones prescritas de forma personalizada y adaptarlas a cada situación concreta".

De esta forma, "el servicio podrá variarse en intensidad, desde las visitas domiciliarias para la verificación de necesidades cubiertas por otros cuidadores familiares, hasta la incorporación de nuevas tareas imprescindibles o el incremento de intensidades horarias o asistenciales en los casos que sea posible".

En todo caso, desde la Junta aclaran que "las posibles reconfiguraciones deberán garantizar la cobertura de las necesidades básicas de las personas usuarias de grado III --grandes dependientes-- y de las de grado II --dependientes severas-- que tengan nulo o escaso apoyo familiar".

Los servicios a dependientes grado I "podrán quedar reconfigurados al seguimiento y atención telefónica y, en los casos de falta de apoyo familiar, al servicio de comida a domicilio".

Según concreta la Junta, "dependiendo de la autonomía personal de cada usuario, de su estado de salud y de su red de apoyos", los profesionales de los servicios domiciliarios establecerán uno de los cuatro niveles de la cobertura de atención; en concreto, "apoyo especial en situación de aislamiento; apoyo intenso continuado para el mantenimiento de necesidades básicas; apoyo parcial en caso de ausencia de red familiar; y apoyo sustituible por medios telemáticos, garantizando siempre vías de contacto proactivas".

Además, "se deberán poner en funcionamiento nuevos servicios de atención domiciliaria para los beneficiarios que los precisen ante las situaciones extraordinarias del momento, siempre con la máxima celeridad y bajo procedimientos de urgencia".

Las dotaciones de personal y de horas liberadas en función de estas reconfiguraciones pasarán a disposición de la bolsa de horas individuales de atención a la dependencia que gestione la entidad local competente. De esta forma, "se podrán habilitar nuevas modelaciones del servicio de ayuda a domicilio, así como realizar tareas de seguimiento proactivo de los casos, ya sea de manera presencial o telefónica".

NECESIDADES DE PERSONAL

Los ayuntamientos y diputaciones, entidades prestadoras del servicio de ayuda a domicilio, "deberán garantizar la prestación del servicio cubriendo las necesidades de personal que se deriven de esta situación mediante los mecanismos de contratación que cada entidad disponga".

Para ello, el Gobierno "ya ha establecido que podrán desempeñar estas funciones personas que, careciendo de titulación, preferentemente, tengan experiencia en cuidado y atención de personas dependientes".

En todo caso, los trabajadores auxiliares de ayuda a domicilio "recibirán las retribuciones previas a esta situación extraordinaria, manteniéndose en alta y a disposición del servicio, ya sea con nuevas personas usuarias o como retén en previsión de posibles bajas".

FINANCIACIÓN

Durante "el periodo que duren las medidas excepcionales adoptadas para contener el Covid-19", la Consejería de Igualdad "ha garantizado la financiación del servicio de ayuda a domicilio mediante el pago, como mínimo, del equivalente a las liquidaciones correspondientes al mes de febrero de 2020".

Además de la asunción íntegra de los criterios de actuación establecidos en el documento técnico de recomendaciones de actuación desde los servicios sociales de atención domiciliaria del Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030 en lo referente a protección, cooperación, planificación, autocuidado y convivencia, el Gobierno andaluz ha establecido estas nuevas recomendaciones con el objetivo de "asegurar la continuidad de la atención a las necesidades básicas de las personas usuarias".

De todas formas, "si algún usuario renunciase temporalmente al servicio de forma voluntaria, se verificará que la persona queda debidamente atendida de otra manera". Asimismo, "se revisarán los casos que estaban siendo atendidos en centros de día por si precisa de algún tipo de apoyo externo, para lo que se podría movilizar personal de dichos centros".

MATERIAL DE PROTECCIÓN

Por otro lado, la Junta anuncia que, "aunque las empresas prestadoras del servicio son las encargadas de proporcionar los equipos de protección individual (EPI), y ante las dificultades para la provisión de los mismos", la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación ha facilitado un formulario 'on line' a estas entidades para, a su vez, trasladar dicha petición a la Consejería de Salud y Familias y ésta, posteriormente, al Ministerio de Sanidad.

En este sentido, "se prioriza la disponibilidad de equipos para el personal que atiende a usuarios de grado III de dependencia y, posteriormente, se facilitarán al resto del personal en función de la disponibilidad y el reparto que realicen las autoridades encargadas de ello".

RECOMENDACIONES SANITARIAS DE ACTUACIÓN

Por otra parte, la Consejería de Salud y Familias indica que cualquier persona con diagnóstico confirmado o probable de ser un caso de Covid-19 o con infección respiratoria aguda diagnosticada deberá ser aislada.

Este aislamiento se hará en una habitación individual, a ser posible con baño interior y ventilación exterior; y se le proveerá de mascarilla quirúrgica, durante un periodo mínimo de 14 días. Así se recoge en un informe presentado al Consejo de Gobierno, mediante el cual se indica la forma de proceder del servicio de ayuda a domicilio.

Para evitar "entradas innecesarias", en aquellas personas aisladas que sean autónomas y puedan realizar solas las actividades de la vida diaria, "se facilitará a la entrada de la habitación, todo aquello que sea necesario para que la persona pueda realizarse su autocuidado; en concreto, "baño, higiene, alimentación y medicación habitual prescrita".

Además, la Junta sostiene que es conveniente que la persona pueda disponer de un teléfono para poder comunicarse con los convivientes o con el personal sanitario o auxiliar si lo precisa. Si hubiese que entrar, "bajo circunstancias muy justificadas, se realizará la higiene de manos y con material de protección".

En el caso de que las personas en aislamiento sean dependientes, para las actividades de la vida diaria, "se intentará en la medida de lo posible limitar las entradas a las mínimas necesarias, y restringir al mínimo posible el número de personas que entran en la habitación para sus cuidados".

En ambos casos, la protección se colocará antes de entrar en la habitación. Una vez utilizada se eliminará dentro de la habitación. Se realizará "una correcta higiene de manos justo después de retirar la protección, evitando el contacto con cara, ojos, nariz y boca".

La mascarilla, tras su periodo de uso, y los guantes desechables se deben colocar en el cubo con tapa y bolsa que cierra con facilidad y deben ser desechados en los contenedores de basura habituales.