Publicado 20/05/2023 12:37

Consumo aconseja indicar el estado de la prenda en el resguardo de depósito de la tintorería

Ropa en la tintorería
Ropa en la tintorería - JUNTA DE ANDALUCÍA

SEVILLA 20 May. (EUROPA PRESS) -

Consumo Responde ha incidido en una serie de recomendaciones a tener en cuenta al acudir a una tintorería, subrayando que es "esencial" comprobar el estado de la prenda. El usuario tiene que valorar el estado de la prenda (nueva, seminueva, usada, entre otros). Conviene establecer de común acuerdo con la persona responsable del establecimiento la valoración de la prenda objeto del servicio --a efectos de pérdida o deterioro--, y exigir que la misma conste en el resguardo.

Así, ha señalado en un comunicado que al encargar el trabajo, siempre se debe solicitar el resguardo o justificante del depósito y comprobar que en el mismo figura el servicio solicitado y las características de la prenda, además del precio.

Consumo ha remarcado que debe prestarse especial atención a las faltas o desperfectos que pueda haber en botones, corchetes y otros elementos de la prenda. Además, hay que cerciorarse de que no se han dejado objetos en los bolsillos.

Una vez realizado el servicio, se recomienda a los usuarios que examinen in situ la prenda limpia, comprobando que han desaparecido todas las manchas y si existe algún desperfecto que no se hubiera hecho constar de manera previa en el resguardo de depósito.

Si se estimara que la limpieza no ha sido correcta, puede exigir, sin cargo alguno, una nueva limpieza. Y en el caso de que la prenda sufriera algún desperfecto durante el servicio de la tintorería, la persona usuaria puede exigir una indemnización, previo acuerdo con la persona responsable del establecimiento.

Si existe la posibilidad de deterioro de las prendas sometidas al tratamiento solicitado, bien por encontrarse estas en mal estado, bien porque han de ser sometidas a manipulaciones especiales que puedan entrañar peligro para la prenda, se expresará claramente esta circunstancia, con declinación, en su caso, de responsabilidades de la prestadora del servicio.

Solamente puede exigirse el pago anticipado total o parcial del importe del servicio cuando exista conformidad expresa por la persona usuaria. En este caso, el servicio adquirirá carácter de urgencia y habrá de realizarse en el plazo máximo de tres días, a partir de la fecha de recepción de la prenda, elevándose tal plazo a seis días en los servicios de teñido.

El usuario podrá retirar del establecimiento las prendas, sin recargo o suplemento en el precio, durante el plazo máximo de 3 meses. Superado este plazo, el establecimiento podrá cobrar una cantidad en concepto de guardarropa o conservación, siempre que se haga constar su importe el lugar visible al público, o conste en la hoja informativa para los supuestos de servicio a domicilio.

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