Publicado 18/05/2020 17:08

Junta desarrolla una plataforma de contratación para unificar información del sector público andaluz

SEVILLA, 18 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Hacienda, Industria y Energía desarrolla una
plataforma de contratación que unificará información en esta materia del sector público andaluz y que engloba los perfiles del contratante, el sistema unificado de tramitación electrónica de expedientes de contratación y el portal de contratación.

Para culminar este proceso de implantación de un sistema integral de
contratación electrónica, el Consejo de Gobierno ha acordado la puesta en
funcionamiento de un sistema de licitación que gestione las relaciones
electrónicas en materia de contratación y dé soporte a la Junta de Andalucía.

Su principal objetivo es mejorar el funcionamiento interno de la Administración en el ámbito de la contratación pública y optimizar sus canales de relación con las empresas y la ciudadanía, lo que contribuirá a una mejor calidad en los servicios públicos, optimizando y racionalizando las gestiones y el gasto público. Esto repercutirá en el impulso a la contratación electrónica, que contribuirá a reactivar la licitación pública como elemento dinamizador de la economía.

FORMACIÓN PROFESIONAL

Con respecto a materias competencia de la Consejería de Empleo,
Formación y Trabajo Autónomo, el decreto ley aprobado en Consejo de Gobierno por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes ante la situacion generada por el Covid-19 aborda la flexibilización de algunas convocatorias de subvenciones para desarrollar cursos de Formación Profesional para el Empleo destinadas a desempleados y ocupados.

El objetivo es garantizar tanto el máximo aprovechamiento de las acciones formativas que se desarrollen por parte de los potenciales beneficiarios como la realización de los propios cursos, ya que algunas entidades podrían no cumplir con los requisitos establecidos debido a la situación excepcional que causa la crisis sanitaria.

En concreto, en la convocatoria de cursos destinados a trabajadores ocupados, se contemplaba la posibilidad de que desempleados también participasen en estas acciones formativas para garantizar la máxima ocupación de las plazas, en un porcentaje que no debía exceder el 20%.

Ahora, este porcentaje se amplía hasta el 30%. Actualmente, esta convocatoria, que cuenta con un gasto público de 14,12 millones para 808 cursos y 12.120 beneficiarios, ya está en desarrollo y se encuentra en fase de selección del alumnado.

Por su parte, se flexibilizan requisitos de las bases reguladoras de los cursos con compromiso de contratación de un 40% destinados a desempleados, con el fin de facilitar la participación de las entidades en la próxima convocatoria, que cuenta con un presupuesto inicial de 20 millones de euros.

Así, entre otros cambios, se modifica la exigencia para acceder a las ayudas de no haber efectuado despidos en los tres meses anteriores a la publicación de la convocatoria para poder solicitar la subvención, requisito que se sustituye por el de no haber realizado despidos en tres meses inmediatamente anteriores al 14 de marzo de 2020, fecha de declaración del estado de alarma.

En esta misma línea de subvenciones, también se elimina el límite de 60
kilómetros en la distancia entre el centro de trabajo en el que se da cumplimiento al compromiso de contratación de los beneficiarios de los cursos y el lugar de impartición de la formación, límite que se sustituye por el de la comunidad autónoma.

FLEXIBILIZACIÓN DE LAS SUBVENCIONES A LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS

Por parte de la Consejería de Educación y Deporte, se incluye en el citado decreto ley una serie de medidas necesarias para contribuir a una rápida vuelta a la normalidad de las federaciones deportivas andaluzas como consecuencia de la crisis sanitaria del Covid-19.

En concreto, el documento se refiere a las subvenciones para el Fomento de la Organización y Gestión de las Federaciones Deportivas andaluzas (modalidad FOGF) y para la Tecnificación y Rendimiento Deportivo (modalidad TRD), que convocó la Consejería de Educación y Deporte el pasado mes de marzo, y a los procesos electorales que se convoquen o hayan sido convocados en el presente año.

En cuanto a las subvenciones, la Consejería podrá autorizar las modificaciones necesarias en el cumplimiento y acreditación de los requisitos y condiciones previstos. También podrá aplazar o prorrogar los plazos de realización de las actividades de la subvención, cuando resulten total o parcialmente imposibles de ejecutar como consecuencia de la pandemia o de las medidas adoptadas por las administraciones públicas para combatirlo.

Asimismo, si las entidades beneficiarias de la subvención no puedan cumplir con las fechas previstas en el calendario aprobado en su día, la Consejería podrá establecer como fecha para realizar las actividades deportivas de dicho calendario aquélla que se comunique por cada federación con una antelación mínima de 48 horas a su celebración, por cualquier medio que permita su constancia. Dicho cambio se aprobará a los únicos efectos de considerar como gastos subvencionables aquellos en los que se hubiese incurrido para la celebración de dichas actividades.

Se considerarán como gastos subvencionables, además de los contenidos en las bases reguladoras que son de aplicación, todos aquellos gastos en que hubiese incurrido la entidad beneficiaria referidos al funcionamiento ordinario de la federación y a la organización y celebración de las actividades deportivas previstas en su calendario y que sean consecuencia de la crisis sanitaria del Covid-19 o de las medidas adoptadas por las administraciones públicas para combatirlo.

En particular, cuando las actividades subvencionadas conlleven la contratación de personal técnico-deportivo o administrativo y como consecuencia de la pandemia la federación acuda a la figura del expediente de regulación temporal de empleo, no se considerará en este caso que la suspensión temporal de la relación laboral a consecuencia de la presente emergencia sanitaria constituya causa de incumplimiento a efectos de reintegro o pérdida del derecho a la subvención.

También se considerarán gastos subvencionables los pagos a cuenta que se hayan realizado a establecimientos hoteleros, de restauración, medios de transporte o a cualquier otra entidad prestadora de un servicio, cuando dichos pagos no hayan podido recuperarse con motivo de la cancelación de la actividad deportiva que generó dichos gastos y ello haya sido como consecuencia del Covid-19 o de las medidas adoptadas.

A estos efectos, la federación deberá presentar una declaración responsable firmada por la presidencia. En el caso de que la federación se encuentre inmersa en su proceso electoral, la declaración responsable deberá firmase por la persona que ostente la presidencia de la comisión gestora.

La Consejería de Educación y Deporte no procederá el reintegro de las
cantidades abonadas cuando el nivel de consecución de los objetivos previstos alcance el 50% y no el porcentaje contemplado en las bases reguladoras, y se deba al Covid-19 o a las acciones adoptadas por las administraciones públicas frente a él.

Respecto a las medidas relativas a los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas 2020, el decreto establece que cuando las circunstancias del Covid-19 así lo aconsejen, el acto de constitución de la nueva asamblea general y la consiguiente votación del presidente de la entidad federativa podrá llevarse a cabo por vía telemática, garantizando la autenticidad y la conexión plurilateral en tiempo real con imagen y sonido de los asistentes en remoto.

Con la finalidad de facilitar el normal desarrollo de los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas, excepcionalmente, el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía se encontrará en funcionamiento durante el próximo mes de agosto, para conocer todas las cuestiones que puedan plantearse relativas a los referidos procesos electorales.